Con tecnicismos, la Corte avala seguridad militarizada
Diana Lastiri
Con tecnicismos jurídicos la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) halló una salida para avalar la presencia del Ejército en las calles y evadió pronunciarse sobre la legalidad y apego a los derechos humanos de esta estrategia del gobierno federal para combatir la inseguridad en el país.
Después de dos años, la SCJN analizó esta semana una de las impugnaciones presentadas contra la permanencia de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública ordenada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Fue la primera vez que el máximo tribunal analizó un asunto relacionado con este tema, luego de un año de especulaciones sobre la posible intención del ministro presidente, Arturo Zaldívar, de impedir que estos casos sean resueltos, por lo menos durante la actual administración.
Se trató de la controversia constitucional presentada por la expresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Laura Rojas, contra el acuerdo por el que se dispone de la fuerza armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública hasta marzo de 2024, publicado el 11 de mayo de 2020 en el Diario Oficial de la Federación.
El acuerdo fue avalado por mayoría de ocho votos de los integrantes del Pleno de la Corte, con el argumento de que López Obrador no invadió competencias del Congreso de la Unión y que desde la creación de la Guardia Nacional se le facultó para disponer de las Fuerzas Armadas mientras se consolida dicho cuerpo policial, que se gestó de mando civil, aunque ahora el Ejecutivo federal impulsó su total militarización.
La propuesta de avalar el acuerdo fue realizada por la ministra Margarita Ríos Farjat, quien durante el debate solicitó a sus colegas dejar a un lado sus preferencias individuales sobre la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad y dejó claro que el debate debía centrarse en si el Ejecutivo federal excedió o no sus facultades, o si lo que hizo fue o no correcto.
“No tiene que ver con nuestra preferencia individual sobre la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública, que llevamos décadas inmersos en esa dinámica por cierto, pero sin lineamientos. No desconocemos en este proyecto –y en lo personal– las críticas históricas, los retos y cuestionamientos que siempre existen respecto al despliegue de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública, y es absolutamente necesario que esos señalamientos encuentren eco democrático, porque esa es la forma de acotar los militarismos excesivos y los autoritarismos”, señaló la ministra durante la sesión del 29 de noviembre.
“El proyecto propone ceñirnos al mandato amplio que el propio Constituyente permanente formuló en el artículo quinto transitorio, donde ese Constituyente, en sede absolutamente democrática, clarifica la intervención presente de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública”.
Para el ministro Javier Laynez Potisek, el artículo quinto transitorio de la reforma constitucional de 2019, que faculta al Ejecutivo federal a disponer de las Fuerzas Armadas para tareas de seguridad pública, implica una autorización desde la Carta Magna para que éstas formen parte transitoriamente de la Guardia Nacional.
“Ese acuerdo no vulnera la división de poderes ni invade la competencia legislativa porque basta con que el Congreso, si considera que falta una ley… ¿sí?, insisto: llevamos cuatro años de la aprobación de esa reforma y no la ha emitido… una ley que, por cierto, de haberse emitido, hubiese dejado sin efecto tácita o expresamente este acuerdo”, dijo.