Claudia Sheinbaum decreta subsidio del 100% a impuesto sobre videojuegos violentos

Karina Vargas

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo ordenó por decreto un estímulo fiscal equivalente al 100 por ciento del impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) por la enajenación de videojuegos con contenido violentoextremo para adultos, no apto para menores de 18 años.

Esto representa un revés a la propia iniciativa presidencial de gravar los videojuegos con una tasa del 8 por ciento como parte de las acciones federales para combatir la violencia en la niñez y juventudes.

El subsidio entrará en vigor a partir del 1° de enero de 2026, según lo establece el decreto publicado el 31 de diciembre en la edición matutina del Diario Oficial de la Federación.

La decisión de la primera mandataria del país complementa lo anunciado en la conferencia matutina del martes 23 de diciembre, cuando dio a conocer su interés por retirar el gravamen de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2026; intención que no fue atendida por el Poder Legislativo.

Ya no se va a cobrar ese impuesto. Yo había pedido que se quitara el impuesto a los videojuegos y al final no se quitó de la Ley de Ingresos. Es muy difícil distinguir entre un videojuego que tiene violencia y uno que no.

“Entonces, ¿quién va a determinar esa circunstancia? Tomamos la decisión que no se cobre y más bien hacer campañas a los jóvenes y a los adolescentes sobre a dónde te pueden llevar este tipo de juegos —violentos—“, explicó.

De este modo, con el decreto se busca revertir la medida incluida en la reforma a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, aprobada a inicios del mes de noviembre y que será vigente a partir de los primeros minutos de 2026.

¿A quién está dirigido el estímulo fiscal?

El decreto establece que el estímulo fiscal será del 100 por ciento y acreditable contra el IEPS que deba pagarse por la enajenación de videojuegos con contenido violento, extremo o para adultos, no apto para menores de 18 años, en formato físico, y la prestación de servicios proporcionados en territorio nacional por residentes en el extranjero sin establecimiento en México y residentes en el país que permitan el acceso o descarga de los productos mencionados.

“Solo será procedente en tanto no se traslade al adquirente del bien o servicio cantidad alguna por concepto del citado impuesto, a efecto de evitar que los beneficiarios del estímulo fiscal obtengan un beneficio indebido”, señala el documento.

De este modo, los contribuyentes que proporcionen el acceso o descarga de dichos videojuegos vía servicio digital, incluidos los que se proporcionen a través de plataformas digitales de intermediación, no pagarán ningún impuesto por esa actividad.

“También se estima conveniente relevarlos de las obligaciones fiscales que se establecen en los artículos 5o.-A BIS y 20-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, únicamente respecto del impuesto especial sobre producción y servicios; en consecuencia, los contribuyentes no se ubicarán en los supuestos de incumplimiento que dará lugar al bloqueo temporal del acceso al servicio digital que permita dicho acceso o descarga”, indica la publicación.

Advierte además que la aplicación del estímulo no dará lugar a devolución o compensación alguna.

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