72 años de reconocimiento del voto de las mujeres desde la justicia electoral
Felipe de la Mata Pizaña
72 años han pasado desde aquel 17 de octubre de 1953 cuando fue reconocido el sufragio de las mujeres y, desde entonces largo ha sido el camino para que logren una paridad de género en la representación política de manera equitativa, igualitaria y libre de violencia.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), desde la justicia electoral, ha sido fundamental en la construcción de potenciar los derechos político-electorales de las mujeres, pues ha llenado vacíos normativos, ha emitido sentencias que favorecen la paridad de género y ha fijado sentencias relacionadas con la prevención, sanción y reparación de la violencia.
Ejemplos son muchos, destaco sólo algunos.
- En 2020 el TEPJF resolvió (SUP-RAP-116/2020 y acumulados) diversos recursos contra lineamientos emitidos por el Instituto Nacional Electoral (INE) sobre paridad en gubernaturas en donde abrió, por primera vez en la historia de nuestro país, la obligación para que los partidos políticos postularan mujeres en un número significativo de elecciones a las gubernaturas y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México. Esta importante sentencia sentó un piso parejo en la contienda por los cargos del Poder Ejecutivo local.
- Asimismo, y con el objetivo de romper techos de cristal en la representación legislativa, el Tribunal Electoral determinó, por ejemplo, en 2017 a través de diversas sentencias (SUP-JDC-369/2017, SUP-JDC-399/2017, SUP-JDC-445/2017 y SUP-JDC-468/2017 y acumulados), que la representación de las mujeres en los órganos internos partidistas constituye un requisito vinculante para cumplir con los principios constitucionales de igualdad y democracia interna de los institutos políticos, por lo que ordenó reformar sus estatutos y reglamentación para cumplir con estos objetivos.
- En 2021 ((SUP-REC-1414/2021 y acumulados), el TEPJF en el análisis de la correcta asignación de diputaciones federales por el principio de representación proporcional, la Sala Superior estableció que los partidos políticos tienen la obligación de cumplir con las acciones afirmativas en sus listas plurinominales y el INE debía vigilar este proceso para que no existan simulaciones que eviten la paridad sustantiva.
- En 2024 la Sala Superior determinó declarar existente la omisión legislativa por parte del Congreso de la Unión de no garantizar el mandato constitucional de paridad de género en la Presidencia de la República, ordenando al INE adoptar las medidas que fuesen necesarias. Esta sentencia dejó claro que la paridad incluye el máximo cargo de representación popular de nuestro país.
Ahora bien, con el crecimiento de la mujer en la representación política mediante la obtención de diversos cargos de elección popular, un fenómeno se ha incrementado y perpetra sus derechos político-electorales: la violencia política contra las mujeres en razón de género.

Al respecto, la Sala Superior el TEPJF ha estableció que esta violencia puede tener los alcances de anular elecciones cuando resulta determinante para el resultado de la elección. En 2021, por ejemplo, determinó la nulidad de una elección municipal por violencia de género ((SUP-REC-1861/2021 y SUP-REC-2214/2021).
La violencia de género también está identificada en el ámbito digital en donde el Tribunal Electoral en 2022 determinó que expresiones de cualquier persona legisladora en redes sociales puede constituir violencia de género sobre todo cuando se registran frases o mensajes que denigran, son discriminatorios o violentos ((SUP-REP-252/2022).
En otro caso (SUP-REC-721/2024 y acumulados), el TEPJF dejó claro que si una persona está inscrita como deudor alimentario, no puede registrarse para algún cargo de elección popular, estableciendo, a su vez, protección de los derechos de la niñez y de género.
No puede haber una democracia plena sin una democracia igualitaria y libre de violencia y, en esto, el Tribunal Electoral será implacable en sus determinaciones.
A 72 años del voto femenino, la Sala Superior el Tribunal Electoral ha sido un factor clave para la edificación de la paridad de género y para sancionar la violencia que restringe el crecimiento, desarrollo de la violencia de género. Sus sentencias así lo demuestran.
*Magistrado Electoral del TEPJF
