¿Qué es lo estratégico y lo prioritario? Parte 1

Carlos Matute González

La reforma constitucional de 1982 que adicionó un “capítulo económico” a la Constitución, que estableció la rectoría del Estado sobre el desarrollo nacional, definió lo que era una actividad estratégica y un área prioritarias. Ambos conceptos jurídicos han sido la base para el reordenamiento de la intervención gubernamental en el mercado con la participación directa en la producción directa de bienes y servicios a través de los organismos públicos descentralizados (OPD) e indirecta mediante las empresas de participación estatal mayoritaria (EPEM) o de los fideicomisos públicos entidad (FPE).

En esa lógica, en 1986, con la publicación de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, se estableció que el objeto de los OPD, entre otros, era la realización de actividades estratégicas o prioritarias y el de las EPEM y FPE el auxilio al Ejecutivo Federal en las áreas prioritarias. En 1988, había 1,216 entidades paraestatales, que implicaban pérdidas cuantiosas al erario público, costaban más por su excesiva burocracia que el valor agregado y los beneficios que proporcionaban al pueblo de México.

Esto provocó un proceso de desincorporación, que significó la venta de activos gubernamentales (privatización), transferencia a entidades federativas, fusión o la liquidación de empresas públicas sostenidas con subsidios presupuestales, que tenían una bajísima productividad y operaban en números rojos. Algunas tenían como propósito una función social, pero con un nulo impacto real en el bienestar de las personas. El gobierno fabricaba hilos, producía acero, construía barcos, administraba ingenios, comercializadoras y exportadoras, producía películas y un largo etcétera. Muchas empresas eran de su propiedad por rescate de fuentes de trabajo, cobro de créditos fiscales o presión de grupos políticos o sindicatos. En 2024, el número de entidades paraestatales, después del primer gobierno de la 4T, asciende a 199 y 8 en proceso de desincorporación, entre las que se encuentra Ferrocarriles Nacionales de México.

La rectoría del Estado no consiste en que el gobierno sea empresario. Todo lo contrario. Esta misión de la estructura política, que es mucho más que el gobierno, se lleva a cabo través de los tres poderes, los OCA y otras corporaciones públicas con fines institucionales o de lucro y pretende que los actores económicos y las fuerzas del mercado tengan condiciones óptimas de productividad y competencia para que haya un desarrollo nacional sustentable e incluyente, que garantice una vida digna con empleo bien remunerado.

En realidad, la forma de organizarse del gobierno y sus entidades paraestatales, así como la existencia de corporaciones públicas con autonomía constitucional como las empresas productivas del Estado son medios no fines. A la sociedad, a las personas en particular, lo que les interesa es, por ejemplo, que la renta petrolera se traduzca en mayor bienestar y que apoye a la edificación y mantenimiento de infraestructura urbana, de vías de comunicación y telecomunicación, salud, educativa, portuaria, entre otros sectores, que democratice y contribuya a la institucionalización del desarrollo.

En ese sentido, lo estratégico, como se definió en 1982, es aquello que corresponde organizar, normar y gestionar en forma exclusiva al gobierno sin intervención de los particulares, por lo tanto, no puede ser concesionado. La reforma constitucional en proceso, aprobada esta semana en el Senado de la República, incluye en estas actividades, en específico en el párrafo 4 del artículo 28, al litio y al servicio de internet.

Las áreas prioritarias son aquellas en las que el gobierno y sus entidades pueden intervenir en razón a que satisfacen necesidades populares o intereses nacionales. Esto último se puede determinar de tres maneras: definido en la Constitución, establecido en una ley o determinado en forma administrativa por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con base en un dictamen de una secretaría coordinadora de sector. La reforma referida pasó el área ferroviaria de las leyes a la constitución por meras razones de visibilidad y narrativa política, pero sin mayor efecto jurídico.

Las empresas de ferrocarriles del gobierno no se pudieron privatizar, nadie quiso comprar sus activos porque los pasivos laborales eran superiores a estos. El resultado está a la vista: Ferrocarriles Nacionales de México, la gran empresa gubernamental de transporte de pasajeros, sigue en proceso de desincorporación y las pensiones de sus trabajadores se han pagado en los últimos 30 años con recursos presupuestales.

Tengo la esperanza que esta experiencia histórica sea tomada en cuenta en el proceso de diseño de la estructura organizacional del proyecto de construir los 3 mil kilómetros de vías férreas y que haya una combinación adecuada de inversión público y privada, asi como reparto de los riesgos inherentes a la industria de transporte de pasajeros para que el Pueblo de México no acabe pagando los platos rotos como ya sucedió con el gobiernismo de los años setenta del siglo pasado. La rectoría del Estado no es necesariamente más entidades gubernamentales o más número de empresas públicas.

Profesor de la Universidad Panamericana

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