UAS: reflexión necesaria

Alfonso Carlos Ontiveros Salas
Revisar el contrato colectivo de la Universidad Autónoma de Sinaloa es una invitación a la reflexión
Actualmente no son las mismas condiciones políticas y laborales imperantes en la fecha de la celebración de los contratos colectivos de trabajo entre la UAS y los sindicatos de administrativos (STEUAS) y académicos (SPIUAS), firmados por allá en los años 1974 y 1975 y que posteriormente se fusionan como Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Autónoma de Sinaloa (SUNTUAS) y un solo contrato colectivo de trabajo.
En ese pacto colectivo se incorporaron prestaciones relevantes para los trabajadores como fue la jubilación dinámica vitalicia, entre otras.
En la jubilación de los trabajadores no se previeron mecanismos que dieran fortaleza a esa prestación ya que las proyecciones de impacto al presupuesto no se realizaron para darle viabilidad segura. Toda la carga se le dejó a la UAS.
El 2008 se realizó un intento para darle seguridad a la prestación de tal manera que los jubilados recibieran esa prestación de manera segura. Para ello, se creó un fideicomiso que tuvo que abortarse por allá el 2018, cuando el fondo que se había creado podría solventar la nómina del personal jubilado.
Las aportaciones no eran agresivas a la percepción de los activos y los jubilados. Un 10 por ciento de su percepción e igual porcentaje para la UAS. La inconformidad de unos cuantos hicieron reventar el fideicomiso que a estas alturas, los jubilados de la UAS no tendrían ninguna incertidumbre de poderla recibir.
No sólo es el derecho a recibir el importe jubilatorio por la UAS, sino de manera paralela también reciben la pensión que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social. Ambas percepciones aportan un ingreso digno a los jubilados universitarios.
Hoy, todavía hay resistencias a buscar mecanismos que den certeza futura a esa prestación aunque la nómina de pago a los jubilados supera la tercera parte del presupuesto de la UAS.
Los mismos que cuestionaron la creación del fideicomiso, aparecen de nuevo y tachan que la nómina de activos es la causante de las presiones presupuestarias en
la UAS. Que pobreza, no tienen otro argumento.
Por ejemplo ¿es o no saludable pagar la prima vacacional a jubilados administrativos? esa prestación resulta totalmente incongruente pagarla porque el jubilado no recibe vacaciones, es un derecho de los activos. Pagar esa prestación, en un momento en el que la cobertura universal en la educación que imparte la UAS le ocasiona una merma presupuestal que pone en riesgo los derechos de los trabajadores activos.
Este problema lo quieren mediatizar por intereses políticos algunos que tienen espacios periodísticos y cuyas notas pretenden confundir a la comunidad universitaria y a la sociedad de Sinaloa.
La transparencia y la rendición de cuentas es una realidad en la administración que dirige el Rector Titular Dr Jesús Madueña Molina, y esas voces que ridículamente no lo reconocen, solo se refugian con la crítica perversa e inmoral que los ahoga.
Esos que exigen que los trabajadores administrativos reciban íntegro su salario, y que no se les retenga el impuesto, los invito a que dimensionen lo que dice el artículo 31, fracción IV de la Constitución federal, y analicen también si el Contrato Colectivo de Trabajo tiene la fuerza jurídica para reformar la constitución desplazando el dictado del artículo 135 de la propia constitución.
Esos defensores de la “legalidad” de las cláusulas contractuales seguro que se toparán con la inconstitucionalidad de sus posturas. Con elementos habría para revisar esas disposiciones contractuales, motivo por el que se hace una respetuosa invitación a reflexionar sobre una necesaria revisión del Contrato Colectivo de Trabajo.
Como antecedente se tiene la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que determina que los trabajadores jubilados académicos de la UAS no tienen derecho a la prima vacacional porque solo es un derecho de los activos.
El Rector Madueña Molina es consciente de las dificultades presupuestales, pero también respetuoso de los derechos vigentes, que deben ajustarse a las disposiciones jurídicas que apliquen y no generar presiones innecesarias al presupuesto universitario.
No promovamos las diferencias, y privilegiemos el diálogo para conciliar y resolver.