COPPEL: Las mujeres que murieron encerradas. Pase de lista en espera de justicia
Esta fotografía pertenece a la serie “Las muertes del capital” del fotógrafo Pablo Tonatiuh Álvarez. Es un montaje artístico que recrea la tragedia y visibiliza la negligencia criminal
Alvaro Aragón Ayala
El 8 de marzo es denuncia. Es pase de lista. La historia recuerda que en la huelga de trabajadoras textiles de Nueva York de 1857, mujeres obreras protestaron por jornadas inhumanas y salarios miserables. La respuesta del poder fue brutal: represión y muerte en fábricas donde el fuego y el encierro se volvieron sentencia.
Más de un siglo después, la escena volvió a repetirse en México. El 9 de noviembre de 2010, en Culiacán, seis mujeres murieron atrapadas dentro de una tienda de la empresa Coppel. Trabajaban de noche haciendo inventario. Las puertas estaban cerradas con candado por instrucciones patronales. No había salida posible.
El incendio -presuntamente originado por un cortocircuito- convirtió el edificio en una trampa mortal. Cuando el fuego inició las trabajadoras llamaron por teléfono. Pidieron ayuda. Gritaron que estaban encerradas. El humo llegó primero. Luego las llamas. Murieron asfixiadas y calcinadas.
Este 8 de marzo de 2026, sus nombres vuelven a pronunciarse: Ariana López Soto, Carmen Selene Moreno Zazueta, Verónica Picos Bastidas, Claudia Yaneth Bernal Delgado, Rosa Imelda Félix Gamboa, Perla Zapata. Seis trabajadoras. Seis mujeres encerradas con candados en su lugar de trabajo: Coppel.
Lo ocurrido no fue un accidente cualquiera. Desde la perspectiva jurídica, los hechos encuadran en varias figuras del Código Penal Federal de México y de los códigos penales federal y estatal:
1.Homicidio por omisión o comisión por omisión: Cuando quien tiene el deber de evitar un resultado mortal no actúa o genera las condiciones para que ocurra. Encerrar trabajadores sin salida constituye exactamente esa condición.
2.Homicidio culposo por negligencia grave: derivado de la violación de deberes de cuidado y seguridad laboral.
3.Violación a normas de seguridad e higiene en el trabajo. Las leyes mexicanas obligan a todo centro laboral a garantizar: salidas de emergencia libres,
planes de evacuación. Y medidas contra incendios.
Estos delitos no han sido plenamente sancionados y la exigencia de justicia sigue abierta. Jurídicamente, al tratarse de hechos donde la muerte deriva de conductas continuadas de negligencia empresarial y omisiones institucionales, las responsabilidades no se extinguen por simple paso del tiempo mientras la justicia no se agote plenamente.
En otras palabras: aunque los expedientes -hoy carpetas de investigación- que abrieron el fuego y la muerte permanezcan en el “congelador” la deuda de justicia sigue viva. Sigue viva pese al silencio de quienes se dicen defensoras de los derechos y la vida de las mujeres. Así sucede cuando el dinero se impone sobre la justicia penal.
Pero cada 8 de marzo, en Culiacán, en el Día Internacional de la Mujer, los nombres regresan. Vuelve a abrirse el caso en la conciencia pública. Y se escucha otra vez el pase de lista: Ariana López Soto, Carmen Selene Moreno Zazueta, Verónica Picos Bastidas, Claudia Yaneth Bernal Delgado, Rosa Imelda Félix Gamboa, Perla Zapata ¡presentes!
