INAI ordena a la Lotería Nacional revelar información sobre el sorteo del avión presidencial

Por instrucción del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la Lotería Nacional (Lotenal) deberá informar sobre la documentación relacionada con el sorteo del avión presidencial, con el propósito de identificar los 2 mil millones de pesos usados para pagar los billetes premiados.

“El sujeto obligado debe informar sobre el Convenio de Colaboración suscrito entre la Lotería Nacional  el Instituto para Devolver al Pueblo lo robado (INDEP), celebrado en marzo de 2020, así como las acciones que se llevaron a cabo, los descuentos que se hicieron por gastos de operación para el Gran Sorteo 235, los remanentes y sus rendimientos, la terminación del acuerdo, así como sus anexos y adendums”, indicó el INAI en un comunicado.

El Instituto indicó que también se debe dar a conocer las comunicaciones vía correo electrónico entre la Lotería Nacional, INDEP y la Secretaría de Hacienda, relacionadas con el sorteo especial, así como las bases de colaboración.

La decisión del INAI ocurrió luego de que la Lotería Nacional no brindara la información solicitada a un peticionario, con el argumento de que se requería aclarar la petición. Inconforme con esta respuesta, la persona solicitante presentó un recurso de revisión.

Francisco Javier Acuña, comisionado del INAI, afirmó que en este caso hubo “una táctica, que es: aclare usted, así como está la pregunta no se entiende o no es suficiente para encontrar con precisión lo que se reclama. Una salida muy habilidosa de los sujetos obligados, pues la aclaración hace que se gane tiempo”.

El comisionado, quien presentó al asunto ante el Pleno, afirmó que lo que el peticionario solicitó “es perfectamente dable, porque debe haber un convenio de colaboración, una relación de documentos que identifiquen a dónde se fue ese dinero y cómo fue que hubo esos trasvases”.

Al analizar el caso, la ponencia del Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas advirtió que la LOTENAL no cumplió con el procedimiento de atención a solicitudes de acceso a la información previsto en la Ley en la materia, pues únicamente requirió la aclaración de la petición, sin activar el procedimiento de búsqueda.

Además, la ponencia determinó que el criterio utilizado por el sujeto obligado fue restrictivo, pues no dio a la solicitud una interpretación que detonara el procedimiento para su atención del requerimiento sobre del Gran Sorteo Especial 235 alusivo al Avión Presidencial.

Por lo anterior, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Lotería Nacional y le instruyó dar trámite a la solicitud de acceso a la información planteada por el hoy recurrente.

Con información de Animal Político

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