Por el bienestar de México, una mejor Ley de Amparo

Beatriz Mojica Morga
A todas y todos los mexicanos que por derecho recurran a la figura del amparo ante el Poder Judicial, podrán seguir realizándolo. Hay que señalarlo, pues la oposición y sectores que se han beneficiado con prácticas dilatorias han buscado confundir a las y los ciudadanos.
Una vez que, el pasado 15 de septiembre, se recibió en el Senado de la República la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, varios actores políticos (los mismos de siempre) buscan ante la opinión pública denostar el trabajo que realiza nuestra presidenta.
Quieren ganarse cinco minutos de atención tratando de confundir y generar un clima adverso a las modificaciones que, desde el Poder Legislativo, la 4T impulsa para concretar leyes en beneficio de quienes menos tienen o para frenar abusos.
Lo cierto es que la iniciativa contribuye al fortalecimiento del combate al lavado de dinero. Específicamente, se busca limitar la suspensión provisional en amparos relacionados con el bloqueo de cuentas por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), argumentando que la suspensión en estos casos ha permitido el descongelamiento de cuentas con montos asociados al flujo de recursos de origen ilícito, lo que se considera una afectación al interés social.
Necesitamos dotar a quienes combaten al crimen organizado de elementos legales para evitar la impunidad.
También, la iniciativa busca la creación de un juicio de amparo verdaderamente digital con plena validez legal. Esto incluye la ampliación de la tramitación electrónica, expedientes digitales y notificaciones electrónicas. Este aspecto tiene el potencial de agilizar los procesos, aumentar la transparencia, la eficiencia y hacer la justicia más accesible para la ciudadanía.
El proyecto propone establecer un plazo máximo de 60 días naturales para dictar la sentencia de amparo después de ser recibida. Esto busca reducir significativamente el tiempo que tardan los juicios de amparo en resolverse, atendiendo una solicitud de litigantes y justiciables para tener una justicia más expedita.
Con la reforma, se busca limitar el uso de amparos sucesivos para postergar de manera indefinida el cobro de deudas fiscales firmes. La iniciativa propone que la defensa contra el crédito fiscal se concentre en un solo juicio de amparo contra el acto final, con el objetivo de hacer más eficiente la actuación de la autoridad en el cobro de impuestos.
Asimismo, la propuesta del Ejecutivo introduce una metodología y requisitos más claros para el otorgamiento de la suspensión del acto reclamado, buscando alinearse con el cumplimiento de la función del Estado de garantizar el orden público y el interés social. Esto evitará que la suspensión sirva como un mecanismo para eludir obligaciones o cometer actos que infrinjan la ley.
Como se puede observar, esta modificación a la Ley de Amparo busca eficientar y adecuarse a las necesidades de una nación en constante cambio. Para ejemplificar, tomo lo que señaló el coordinador general de Política y Gobierno de la Presidencia, Arturo Zaldívar, en “La mañanera del pueblo”, quien detalló que el amparo es un ejercicio de equilibrio entre una adecuada defensa de los derechos de las personas y “la no afectación del interés público y el interés social a través de la figura de la suspensión”.
La Ley de Amparo, comentó, se ha modificado cuando hay abusos en ciertos sectores, por parte de personas que están utilizando la figura para violar la ley.
Puso como ejemplo los llamados “giros negros” que operaban con una suspensión de amparo o los centros de apuestas. En su momento, se tuvo que modificar la Ley de Amparo.