El SAT establece nueva fecha límite para activar el Buzón Tributario, si no lo haces estas son las multas
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio un respiro al extender el plazo para que los contribuyentes activen su Buzón Tributario, lo cual permitirá a los causantes hacer este proceso obligatorio en tiempo y forma para evitar multas y sanciones posteriores.
El Buzón Tributario es una herramienta obligatoria para los contribuyentes en México. Su objetivo principal es facilitar la interacción entre los ciudadanos y el SAT para la notificación de actos administrativos.
¿Es obligatorio activar el Buzón Tributario?
Sí, las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) están obligadas a tener activado su Buzón Tributario, a menos que se encuentren bajo una excepción.
El buzón es el canal de comunicación entre la autoridad fiscal y los contribuyentes en el cual se llevan a cabo notificaciones de cualquier acto o resolución administrativa, que pueden ser desde promociones, solicitudes, avisos, y en su caso, dar cumplimiento a requerimientos del SAT.
Para ello, se requiere de ingresar a sat.gob.mx y da clic en Buzón Tributario (“B”) y acceder con la Contraseña o e.firma vigentes . Los contribuyentes deberán llenar un formulario de medios de contacto.
Se requiere de al menos un correo electrónico y un número de teléfono móvil. Posteriormente, se confirman los medios de contacto utilizando un vínculo enviado por correo o código que llegará vía mensaje SMS.
Beneficios del Buzón Tributario
Habilitar y mantener actualizado el Buzón Tributario otorga a los contribuyentes varias ventajas:
-Acceso a un portal personalizado que muestra únicamente la información relacionada con tu régimen fiscal.
-Reducción de tiempos en trámites que antes se realizaban de manera presencial.
-Certeza jurídica en actos, resoluciones y operaciones emitidas por el SAT.
-Notificaciones electrónicas disponibles en cualquier momento y lugar con conexión a internet.
-Posibilidad de autocorrección rápida ante errores o inconsistencias.
-Resoluciones claras sobre requerimientos de información o resultados de trámites.
-Facilidades para recibir y proporcionar información fiscal útil, así como invitaciones a programas de cumplimiento.
-Administración de contenidos favoritos y acceso a secciones como “Mis notificaciones”, “Mis documentos” y “Mis comunicados”.
Además de cumplir con la ley, activarlo ofrece acceso a notificaciones electrónicas, reducción de trámites presenciales y certeza jurídica en las resoluciones del SAT, convirtiéndose en una herramienta clave para facilitar el cumplimiento fiscal y evitar sanciones futuras
¿Cómo dar de alta el Buzón Tributario?
Requisitos:
RFC y contraseña o e.firma vigente (personas morales solo e.firma).
Correo electrónico válido (hasta 5).
Teléfono celular a 10 dígitos.
Pasos:
Ingresa a sat.gob.mx y selecciona el ícono “Buzón Tributario”.
Inicia sesión con RFC y contraseña o e.firma.
Ve a “Configuración” y registra tus correos y número de celular.
Guarda el acuse de registro.
Confirma los medios:
Correo: haz clic en el enlace recibido (72 h).
Celular: ingresa el código recibido vía SMS en “Configuración”.
Al confirmar ambos medios, tu Buzón Tributario quedará habilitado.
¿Cada cuánto debo actualizarlo?
Una vez se cuente con el Buzón Tributario, y si los medios de contacto no han cambiado, no es necesario actualizarlo y puede permanecer así.
Será importante realizarlo cuando la dirección de correo electrónico o número de teléfono del contribuyente hayan cambiado. No existe un límite de veces para realizar la modificación.
¿Cuál es la fecha límite para activar el Buzón Tributario?
De acuerdo a la Miscelánea Fiscal 2026 publicada en el Diario Oficial de la Federación, los contribuyentes mexicanos tienen hasta el 1 de enero de 2027 para habilitar su Buzón Tributario.
Recuerda que la falta de habilitación o el registro de medios de contacto erróneos puede ser motivo para que se nieguen beneficios específicos, como la devolución de saldos a favor del IVA.
¿A cuánto asciende la multa por no activar mi Buzón Tributario?
Los contribuyentes que no hayan habilitado el buzón tributario, o no hayan registrado o actualizado sus medios de contacto, se les aplicará la sanción establecida en el Código Fiscal de la Federación, que va de 3,850 a 11,540 pesos.
