Inoperancia del pleno en INAI, genera incertidumbre en el T-Mec

Alejandro Paéz

La falta de tres comisionados en el Pleno del INAI ha provocado que este órgano registre más de 100 días sin sesionar y se han a acumulado más de siete mil medios de impugnación sin resolución, pero a nivel internacional también impacta en el T-Mec pues al no poder emitir normas sobre reglas de privacidad trasnsfronteriza se genere incertidumbre entre los inversionistas nacionales y extranjeros.

La presidenta del INAI, Blanca Lilia Cadena Ibarra, explicó que en el caso del Tratado de Libre Comercio de México con Estados Unidos y Canadá, la inoperancia del pleno del INAI afecta la función del organismo garante nacional como tercero certificador en el Sistema de Reglas de Privacidad Transfronterizas (CBPR), ya que no puede emitir normas al respecto, lo que genera incertidumbre.

“Sin instituciones como el INAI, obviamente no hay certeza jurídica y la confianza de los inversionistas se esfuma, se va, por los altos índices de incertidumbre (…) en el INAI tenemos la firme convicción de que no podemos dejar pasar este momento de coyuntura, porque no solamente como mexicanas y mexicanos que somos, debemos defender a las instituciones del Estado mexicano, más aún si éstas a su vez defienden derechos humanos”, remarcó.

Este 1 de julio, el T-MEC cumplió tres años de vigencia y su primera revisión será en menos de 3 años, pero nuestro país aún no cumple con varias de las disposiciones obligatorias que se establecieron en este acuerdo si es que se busca mantenerlo, pues México tiene inhabilitados o incompletos algunos de los órganos autónomos como la Cofece, el Ifetel o el INAI, encargados de vigilar y poner en marcha varias de las cláusulas de este tratado.

El IFT, INAI y la Cofece son tres órganos claves en el funcionamiento del T-Mec pero el gobierno de la 4T los tiene incompletos en sus órganos de gobierno, lo que les mantiene inoperantes en el caso del INAI

Cadena Ibarra acusó que otras consecuencias de la falta de sesiones del Pleno son que no puede atender las quejas contra las resoluciones de institutos locales o la falta de resolución de éstos, tampoco puede atraer asuntos locales de trascendencia nacional, resolver denuncias de incumplimiento a obligaciones de transparencia, ni promover acciones de inconstitucionalidad o controversias constitucionales.

Asimismo, explicó que hasta el momento, la única forma posible de que se resuelvan los recursos de revisión que están pendientes es que las personas interesadas interpongan juicios de amparo, para que las personas juzgadoras obliguen al Pleno del INAI a resolver cada caso en particular, con sólo sus cuatro integrantes.

Share

You may also like...