Celebra el PAS, ley para proteger a niños y personas incapaces de defenderse

El Congreso del Estado aprobó dos iniciativas propuestas por el Partido Sinaloense, la primera de ellas a través de la diputada de la 63 Legislatura, MC. Angélica Díaz de Cuén y la segunda presentada por diputados de la 64 Legislatura en la que se reforma el Código Penal del Estado de Sinaloa para sancionar en el delito de violación equiparada cuando las víctimas sean varones menores de 15 años o cuando sean incapaces de comprender el hecho.

Con estas iniciativas se reforman las fracciones I y II del artículo 180, del Código Penal para el Estado de Sinaloa, sancionar al sujeto activo del delito cuando éste se haga penetrar por persona menor de quince años o por persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo.

La SCJN a través de su Primera Sala, determinó que se actualiza el delito de violación contra menores de edad independientemente de la forma en que ocurra la cópula, es decir, si el agresor penetra a la víctima u obliga a que ésta lo penetre. Estableció que independientemente de la forma en que se realice la agresión, se vulnera la libertad sexual de la víctima, ya que se le priva del derecho de decidir con quién, cuándo y cómo desarrollar su actividad sexual.

Esta iniciativa en su reforma pretende que se sancione activo de delito cuando este se haga penetrar por persona menor de 15 años o por persona que no tenga capacidad de comprenderlo.

Con esta iniciativa aprobada al Partido Sinaloense, se protegen los derechos de las personas menores de edad, así como de aquellas personas que sufran algún tipo de discapacidad que les impida discernir sobre la realidad, pues, en ambos casos se trata de grupos vulnerables y que requieren una protección especial por parte de las autoridades.

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