Responsables del incendio en Guardería ABC podrían pagar por su crimen
Nancy Flores
El pasado 18 de junio, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los hechos relacionados con el incendio en la Guardería ABC –ocurrido el 5 de junio de 2009 en Hermosillo, Sonora, donde 104 bebés resultaron gravemente lesionados, 49 bebés fallecieron y un número indeterminado de adultos sufrieron quemaduras– constituyen graves violaciones a los derechos humanos, y que los delitos imputables a las personas responsables son imprescriptibles. Ello, al haber vulnerado los derechos a la vida, a la salud, a la integridad física y emocional de las niñas y niños.
La resolución es sobre un amparo que promovió el exdirector de Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS, Sergio Antonio Salazar Salazar, quien se encuentra vinculado a proceso desde 2020 por su presunta responsabilidad en el homicidio y lesiones culposas por omisión, en agravio de los más de 150 bebés afectados por el incendio en la guardería subrogada. El exfuncionario alegaba en el amparo que los delitos habían prescrito.
No obstante, la SCJN devolvió el asunto para que el tribunal colegiado analice lo referente a la legalidad del auto de vinculación a proceso y la responsabilidad penal de la persona imputada, teniendo en consideración la imprescriptibilidad de los delitos.
El Pleno recordó que esta clasificación ya había sido analizada así por la Facultad de Investigación 1/2009 de la propia Suprema Corte, así como por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, quienes concluyeron que el incendio derivó de múltiples omisiones atribuibles a diversas autoridades del Estado, con afectaciones graves a los derechos de las víctimas.
Al determinar la imprescriptibilidad de los delitos, este fallo de la SCJN representa una oportunidad para que los responsables de este crimen enfrenten, por fin, la justicia.
Ello incluye la revisión de cómo se operó desde el gobierno de Felipe Calderón para encubrir a familiares de su esposa Margarita Zavala, implicados en este caso. Ello, porque el entonces director del Seguro Social, Daniel Karam Toumeh, impidió el traslado de los menores quemados a Estados Unidos para evitar investigaciones de la prensa extranjera; mientras que el secretario de Gobernación de ese momento, el panista Fernando Gómez Mont, presionó al entonces ministro Arturo Zaldívar para impedir la indagatoria de la Corte sobre las negligencias del IMSS, y las responsabilidades de los parientes de la primera dama y ahora diputada federal por el PAN.
De acuerdo con el propio Arturo Zaldívar, existió una “operación de Estado” para garantizar impunidad a la familia presidencial. Así lo denunció en 2022, cuando reveló las presiones que sufrió desde Gobernación.
Las negligencias y omisiones se dieron desde el primer momento, con la falta de atención médica oportuna a los bebés quemados –directamente se operó desde el IMSS para impedir el traslado de los infantes a hospitales en Estados Unidos especializados en menores quemados, para evitar una cobertura mediática internacional–.
Acerca de la “operación de Estado” para encubrir a la familia de Margarita Zavala Gómez del Campo, el ministro en retiro Arturo Zaldívar denunció que fue el entonces secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, quien presionó incluso con amenazas para que la Corte no determinara que en el siniestro hubo graves violaciones a derechos humanos por parte del Estado, ni se manifestara por sancionar a los familiares de Zavala. Ello, porque dos primas de la entonces primera dama tenían relación con la tragedia: Marcia Matilde Altagracia Gómez del Campo Tonella era una de las dueñas de la estancia infantil, y Lourdes Laborín Gómez del Campo es esposa de Eduardo Bours, en aquel momento gobernador de Sonora.
El encubrimiento de la familia de Zavala
El 22 de febrero de 2022, el entonces ministro presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, reveló que en 2010 el presidente Felipe Calderón –por conducto de su secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont– lo presionó para que modificara el proyecto sobre lo ocurrido en la Guardería ABC, con el propósito de que su esposa Margarita Zavala y su familia no se vieran involucradas.
“Puedo dar fe de una operación de Estado para proteger a la familia de la esposa del presidente, para proteger a los altos funcionarios públicos de ese gobierno que hoy viene a hablar de estado de derecho y de autonomía y de no sé cuántas cosas, sin ninguna autoridad para decirlo”, señaló durante la presentación de su libro 10 años de derechos. Autobiografía jurisprudencial, en la Escuela Federal de Formación Judicial.
El ahora ministro en retiro Zaldívar declaró que Gómez Mont lo visitó en su oficina para presionarlo, al exigirle que cambiara su proyecto de sentencia sobre ese crimen, en donde señaló las responsabilidades de funcionarios del IMSS y familiares de Margarita Zavala. Incluso reveló que durante el encuentro hubo gritos: “el tono de voz iba subiendo cada vez más, hasta que terminamos a gritos, en un momento me dice el secretario: ‘dice el presidente [Calderón] que no te apoyamos para esto’”.
El ministro Zaldívar temía por su vida. Por ello, instruyó a su secretaria para que guardara bajo llave el proyecto, y si él desaparecía, la secretaria debía difundirlo ante la prensa. “Era tal la tensión que yo no sabía si iba a poder llegar a la Corte”. Zaldívar descubrió que el expresidente Calderón operó una estrategia de ocultamiento del caso para que el crimen contra 49 bebés muertos y 104 lesionados no tuviera repercusiones internacionales.
Al respecto, dijo, hasta se bloqueó la ayuda médica a los más de cien menores que sobrevivieron al incendio. “Me contaron los papás y las mamás que el gobierno de Felipe Calderón no había permitido que salieran aviones a Sacramento [Estados Unidos], donde había un hospital esperándolos para poderlos curar porque no querían que se hiciera grande el escándalo”.
El papel de Karam Toumeh
Los testimonios que recabó en 2010 el ministro Zaldívar descubren el papel que jugó el exdirector del IMSS, Daniel Karam Toumeh, en la falta de atención a los bebés sobrevivientes. Ello, además de constituir actos de negligencia, implican daños intencionales a la salud de las víctimas y violaciones graves a derechos humanos. En su investigación ministerial –que retomó la nueva denuncia penal que interpuso en 2020 el IMSS– se da cuenta, por ejemplo, de que en su calidad de director general del Seguro Social, Karam Toumeh obstaculizó el traslado urgente de los menores con quemaduras más graves a hospitales de Estados Unidos, especializados en este tipo de atención.
Por órdenes del amigo de Calderón Hinojosa, los infantes fueron trasladados a nosocomios de Guadalajara y Ciudad Obregón. Eso fue confirmado por el entonces gobernador de Sonora, Eduardo Bours. En su comparecencia, el político priísta, empresario y esposo de una prima de Margarita Zavala afirmó: “en una coordinación con el Seguro Social, esto es muy importante mencionarlo porque también hay muchas versiones sobre qué pasó con los movimientos del Seguro Social en Sonora, siendo estado fronterizo tiende mucho hacia la frontera norte, entonces los padres de familia, insistentemente decían que querían mover a los niños al hospital de Sacramento, el Shriners; Hospital de Los Ángeles, y al hospital de no sé dónde; los querían mover y el Seguro Social insistía mucho en moverlos todos a Guadalajara o a Ciudad Obregón, donde ellos tenían capacidad. Entonces, desde hacer las gestiones con algunas organizaciones de la sociedad civil que participaron muy activamente, por cierto, a estar al pendiente de ellos, y por eso les decía, como yo les comenté, reiterarles que al Seguro Social, al señor director, o sea, hay que hacer lo que los papás dicen, hombre, pues si los señores quieren que se vayan a Sacramento pues hay que llevarlos a Sacramento. No hay que pelear con ellos, qué necesidad tenemos todavía de crear o abrir un espacio más de discusión en algo que ya está suficientemente grave el asunto como para hacerlo. Y gracias a eso abrimos, ya se había cerrado el tema de Sacramento, que algunos niños pudieron ser movilizados”.
La propia investigación del ministro Zaldívar da cuenta de las resistencias de la autoridad federal. “De los testimonios de los padres entrevistados por la Comisión Investigadora se advierte la percepción de que el traslado de los menores fue obstaculizado por el Instituto Mexicano del Seguro Social, privilegiándose los traslados a hospitales de Obregón y Guadalajara, a pesar de que los padres deseaban su transferencia a Sacramento”. Y agrega: “de los testimonios concatenados entre sí, se puede concluir que esto obedeció a una decisión centralizada del IMSS, lo que tuvo como consecuencia que, al menos, en opinión de muchos padres, los niños no recibieran una atención médica adecuada”.
A este asunto también se refirió Zaldívar el 22 de febrero de 2022 –cuando reveló la operación de Estado que orquestó el expresidente de México para encubrir a Margarita Zavala y a su familia–: “los padres [de las víctimas] me contaron que el gobierno de Felipe Calderón no había permitido que salieran aviones a Sacramento, donde había un hospital esperándolos para poderlos curar, porque no querían que se hiciera grande el escándalo y se hiciera mayor el tema. Me contaron cómo los directivos del IMSS habían alterado sus expedientes médicos para no pagarles lo que les tenían que pagar por sus lesiones, y por la situación en que habían quedado”.
El impedimento de que los bebés quemados fueran trasladados a hospitales de Estados Unidos y la alteración de expedientes médicos fueron sólo algunas de las presuntas anomalías en las que habría incurrido Karam Toumeh, maestro en administración pública por la Universidad de Harvard y licenciado en economía por el ITAM.
Con base en el voto minoritario de los ministros Zaldívar, Olga Sánchez Cordero y Juan Silva Meza, así como en la recomendación de la CNDH, la denuncia del IMSS interpuesta en 2020 señala que la magnitud de las fallas del sistema de guarderías subrogadas alcanzan a Karam Toumeh, quien fue director general entre el 3 de marzo de 2009 y el 4 de diciembre de 2012, debido a que asumió todas las atribuciones y responsabilidades derivadas de la dirección de dicho Instituto. Asimismo, acusa que este exfuncionario también es responsable de la gestión de los eventos posteriores al incendio y de la atención médica que se brindó a las víctimas.
Sobre este último punto, Manuel Montaño Estrada, tío de Danna Paola Villarreal, expuso ante la Comisión Investigadora de la Suprema Corte las responsabilidades del exfuncionario: “estuvo el director general, no sé qué puesto es del Seguro Social, es Karam [Daniel Karam Toumeh], él era el que daba las órdenes: ‘vamos a llevar a niños para allá, vamos a hacer esto’. No sé en qué se basaba, pero así era. Luego luego se vio la intervención del Seguro Social. Algunos niños estuvieron muy bien atendidos en el Hospital del estado, en el Hospital Infantil del estado. No sé por qué se los llevaría para allá, estaba más cerquita. Es un hecho que me tocó a mí, cuando estábamos en el auditorio del Hospital Infantil, llegó gente del Shriners aquí en Hermosillo, llegó gente y dijo: ‘saben qué, nosotros tenemos ahorita lugar para 80 niños, si se los quieren llevar, nos los llevamos’, comentó el mismo señor, el licenciado, se me fue el nombre, Barrera se apellida, que es el delegado de Shriners Sonora. Puso a disposición: ‘tengo yo los medios para trasladar 80 niños. Ustedes díganme a quién me llevo’. Pues no le permitieron”.
Otro de los testimonios recabado es el de Lorenzo Alberto Huguez Galvez, papá de María Jimena Huguez Mendoza. “Ya como a media noche nos dicen que si queríamos trasladarla a Sacramento y nosotros decimos que sí. Y ya después como a las 5 de la madrugada nos dicen que siempre no se va a trasladar a Sacramento, que por decisión de los médicos se va a trasladar a Guadalajara, que porque hay un mejor servicio y nosotros decidimos hacerlo y al llegar allá no era un mejor servicio, era más de lo mismo”.
Karam Toumeh se desempeña como presidente y director general para México de la agencia Hill+Knowlton Strategies, Inc –consultoría en comunicación con oficinas centrales en Nueva York– y en redes sociales (@danielkaramt) ha compartido mensajes en contra del actual gobierno federal. Irónicamente, en 2011 –dos años después del crimen de Estado de la guardería ABC– Karam Toumeh fue reconocido por el ITAM con el premio al “Mérito Profesional”, por su “calidad profesional como exalumno y su notable contribución al desarrollo económico, político y social del país”.
Ante la situación de vulnerabilidad de los menores usuarios de las guarderías, la investigación ministerial de la Corte establece que tanto Karam como su antecesor Juan Francisco Molinar Horcasitas –director del IMSS del 1 de diciembre de 2006 al 2 de marzo de 2009, y fallecido en 2015– eran responsables del bienestar de los niños que se encontraban a su cargo. Por ello debieron instrumentar políticas que impidieran la autorización de operación de guarderías sin el cumplimiento previo de todos los requisitos legales aplicables, entre los cuales destacaba la verificación de que los inmuebles cumplieran con las condiciones idóneas de seguridad.
Asimismo, se indica que quien ostenta el cargo de director general del Seguro Social preside a otros dos órganos superiores: la Asamblea General –que es la autoridad suprema del IMSS– y el Consejo Técnico –que es el órgano de gobierno, representante legal y administrador del Instituto–, por lo que esta triple condición lo hace responsable del buen funcionamiento del Instituto. Entre otras funciones, el director general debe proponer las políticas estratégicas para su conducción y tiene a su cargo la ejecución de cualquier acto jurídico necesario para cumplir con sus fines.
De esta manera, a Karam Toumeh –como a su antecesor– le correspondía el control y conocimiento estricto sobre el esquema de funcionamiento del servicio de guarderías, y estaba obligado a instrumentar las medidas necesarias para que el servicio cumpliera con las disposiciones legales aplicables, se prestara en las mejores condiciones posibles, y garantizara el desarrollo y la salud de los infantes.
Nada de eso se cumplía al momento de la tragedia. De acuerdo con la investigación del ministro Zaldívar que se retoma en la denuncia penal, el 99.7 por ciento de las guarderías subrogadas por el IMSS incumplían al menos uno de los requisitos necesarios para su funcionamiento.
Respecto del control administrativo, el IMSS sólo verificaba un 87 por ciento; y acerca de la supervisión de los aspectos de protección civil, el Seguro Social omitió vigilar que los prestadores del servicio de guardería cumplieran con los estándares mínimos previstos en Normas Oficiales Mexicanas y en las legislaciones federales, estatales y municipales.
Y es que al día del incendio en la guardería ABC, del total de guarderías operadas por particulares, el 69.7 por ciento no contaba con equipo de incendios; el 72 por ciento carecía de dictamen favorable de instalaciones eléctricas; el 51.8 por ciento no contaba con reconocimiento de validez oficial de la Secretaría de Educación Pública; el 49.8 por ciento no tenía dictamen de protección civil municipal vigente; el 83.7 por ciento no contaba con dictamen de protección civil municipal anual; el 72.2 por ciento no tenía visto bueno o dictamen de bomberos vigente; el 91.4 por ciento carecía de visto bueno o dictamen de bomberos anual; al 75.1 por ciento le faltaba la constancia de realización de simulacros; y el 73.3 por ciento no tenía constancia de capacitación de protección civil.
Asimismo, de la inspección ocular realizada a un número representativo de guarderías subrogadas –conforme a la muestra elaborada por peritos del Instituto de Investigaciones en Matemáticas Aplicadas y en Sistemas de la Universidad Nacional Autónoma de México– se desprende que, al 5 de junio de 2019, también existía incumplimiento en las medidas de seguridad.
Ejemplo de ello es que el 41.7 por ciento carecía de salidas de emergencia; el 57 por ciento no contaba con detectores de humo; el 5.4 por ciento carecía de extintores; el 54.7 por ciento no tenía luces de emergencia; el 5.3 por ciento no contaba con rutas de evacuación; al 26.5 por ciento le faltaba piso antiderrapante en los baños; el 13.2 por ciento incumplía con la distancia a la salida menor a 40 metros; el 5.3 por ciento no realizó simulacros; al 14 por ciento le faltaba que la apertura de puertas de emergencia contara con mecanismo de empuje hacia fuera; el 45 por ciento no tenía sistema de alarma sonora; el 2.6 por ciento presentaba instalaciones eléctricas en descuido; y el 9.9 por ciento no tenía protectores de tomacorrientes en la pared. Por ello, el voto minoritario del ministro Zaldívar señaló que existía un “desorden generalizado en el otorgamiento, operación y vigilancia de estas guarderías”.

La responsabilidad de los socios
Basados en las evidencias que recabó la Comisión Ministerial que encabezó Arturo Zaldívar, los ministros Sánchez Cordero y Silva firmaron el voto minoritario en el que establecieron que los servidores públicos federales, estatales y municipales –con corresponsabilidad de los dueños de la guardería ABC, entre ellos la prima de Margarita Zavala: Marcia Matilde Altagracia Gómez del Campo Tonella– omitieron obligaciones legales específicas que generaron las violaciones graves a las garantías individuales, hoy considerados derechos humanos.
Entre éstos destacaron la violación al principio de interés superior de la niñez. Al respecto, indicaron que “el artículo 4 de la Constitución reconoce distintos derechos a los niños y establece el deber del Estado de proveer lo necesario para garantizar el pleno ejercicio de los mismos”. Éste establece que “[…] los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos. El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez […]”.
También consideraron que la interpretación de este artículo constitucional debe tomar en cuenta los tratados internacionales en materia de derechos de los menores de edad, firmados y ratificados por México. Por tanto, se agrega que “este principio ordena que la protección de los derechos del niño se realice a través de medidas ‘reforzadas’ o ‘agravadas’. El hecho de que haya mayores exigencias para el Estado cuando se trata de salvaguardar los derechos del niño también puede justificarse a la luz de las disposiciones del derecho internacional relacionadas con los derechos del niño”.
Al respecto, citaron –entre otras normativas– la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención Americana, que reconocen que los menores requieren una protección y cuidado especiales. Incluso detallaron que este principio de interés superior ordena que las medidas de protección sean doblemente reforzadas cuando están dirigidas a niños pequeños, como eran los de la guardería ABC [de entre 10 meses y 4 años de edad].
Los ministros señalaron que “el Comité de Derechos del Niño ha establecido que la protección a los menores tiene que ser más intensa cuando se trata de niños que se encuentran en la primera infancia. Esta mayor protección encuentra su justificación en la especial vulnerabilidad de los niños a esta edad. Es evidente que las capacidades motrices y comunicativas de los niños en la primera infancia son muy limitadas, de tal manera que dependen por completo de sus padres y cuidadores para poder sobrevivir”.
El segundo derecho humano violado fue el de la protección de la vida y a la integridad física. Al respecto, observaron que “la falta de cumplimiento de distintas disposiciones legales relacionadas con algunas medidas de seguridad ocasionó que 49 niños que se encontraban en la ‘guardería ABC’ el día 5 de junio de 2009 perdieran la vida y otros 104 fueran afectados en su integridad física”.
Apuntaron que “el derecho a la protección de la vida es un derecho fundamental implícito en la Constitución, que se deriva de todos los derechos expresamente estipulados que requieren de la vida como condición para su ejercicio”. Adicionalmente, subrayaron que los tratados internacionales suscritos por el país en materia de derechos humanos lo tutelan, como el artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
En el caso de la guardería ABC, indicaron que lo que el alto tribunal debía determinar es si hay una relación especial entre el Estado y los 49 niños que perdieron la vida en la vida. “La respuesta a esta pregunta es indiscutible: sí existía una relación jurídica especial entre el Estado y los niños que murieron en el incendio que imponía a aquél la obligación de emprender medidas adecuadas para la protección de sus vidas”.
Los ministros Zaldívar, Sánchez Cordero y Silva Meza consideraron de forma contundente que “existen elementos suficientes para concluir que si las autoridades estatales hubieran cumplido sus deberes constitucionales de protección de la vida, interpretados de conformidad con el estándar doblemente reforzado que impone el principio interés superior del niño en relación con los menores que están en la primera infancia, en ningún caso hubiera tenido lugar una tragedia de las dimensiones como la que ocurrió el 5 de junio de 2009 en la guardería ABC de Hermosillo, Sonora. Lo que significa que no hubieran perdido la vida los 49 niños que fallecieron el día del incendio”.
De igual forma, concluyeron “que si las autoridades hubieran cumplido cabalmente su obligación de proteger la integridad a los menores que eran usuarios del servicio de guarderías subrogadas, los niños que se encontraban en la guardería ABC no habrían sufrido ninguna afectación en su integridad física”.
En el caso del incendio, otros derechos que se violaron fueron de acuerdo con los tres ministros que se opusieron al autoritarismo del entonces presidente Calderón fueron: a la seguridad social y a la salud, así como el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en las relaciones laborales.
Acerca de la responsabilidad de los socios de la guardería, el voto minoritario determinó “que los socios, administradores y representante legales de la guardería ABC, tienen una responsabilidad solidaria compartida por los hechos acontecidos materia de la investigación”. Una de las socias es, precisamente, la prima de la panista Margarita Zavala Gómez del Campo, esposa de Calderón Hinojosa.
Los ministros establecieron “que al tratarse de un servicio público subrogado, deben vincularse a todos y cada uno de ellos con el funcionamiento de la guardería de acuerdo a su nivel de participación, al tener que ver de manera directa con la toma de decisiones en relación al funcionamiento de la sociedad y por lo tanto con la prestación del servicio, tanto en su función de persona moral particular, como en su carácter de autoridad material para efectos de la investigación como auxiliar del Instituto subrogante”.
También señalaron que, “más allá de que la responsabilidad imputada sea o no analizada conforme a su calidad de sociedad civil, debe hacerse bajo la consideración de las responsabilidades de dichas personas derivadas de los derechos de los menores que se han vulnerado con la deficiente operación del servicio público prestado. Es decir, a la luz de los derechos relativos a la primera infancia, que impone el artículo 4, párrafo octavo de la Constitución Federal”.
Determinaron que los prestadores del servicio incumplieron con lo establecido en la Constitución, en la Ley del Seguro Social, en el Reglamento para la Prestación de los Servicios de Guardería, la Norma que establece las Disposiciones para la Operación del Servicio de Guardería, las Bases para la Subrogación de Servicios de Guardería del Esquema Vecinal Comunitario, la Norma Oficial Mexicana 167-SSA-1-1997, el contrato de prestación de servicio de guardería en su modalidad de esquema vecinal comunitario único –celebrado el 29 de diciembre de 2006 entre el Instituto Mexicano del Seguro Social y la sociedad civil Guardería ABC–. Ello, “porque no desempeñaron la obligación de prevenir el riesgo derivado de no cumplir los cuidados suficientes a los niños bajo su resguardo durante la jornada de trabajo”.
Para los ministros, los socios, administradores y representante legal “fueron omisos en dirigir y normar las acciones suficientes de prevención relacionadas con los estándares de protección civil a que estaban obligados para garantizar la integridad y seguridad de los menores en la guardería subrogada, no obstante que, conforme a los ordenamientos constitucionales y legales antes señalados, se establece que la prestación del servicio de guardería debe cumplirse con base en determinados requisitos para el debido funcionamiento de la guardería, as como con los programas de protección civil y técnicos de seguridad expedidos por el Departamento de Bomberos de la localidad, a fin de mantener la calidad de la operación de la guardería, pero sobre todo para respetar en ordenamiento constitucional que hace referencia a los derechos de los niños”.
