Berzahí, el testigo sospechoso

Álvaro Aragón Ayala

Si no lo hubieran asesinado, hoy, el periodista Humberto Millán Salazar estaría cumpliendo un año más de vida

En toda investigación criminal existe una figura cuya palabra, sin estar respaldada por pruebas materiales, puede alterar el curso de la indagatoria: el testigo que se asume como depositario de la verdad última. En el caso del asesinato de Humberto Millán Salazar, ese papel lo ocupó desde el inicio el abogado Berzahí Osuna Enciso. No fue un testigo periférico ni un declarante ocasional. Fue quien se colocó en el centro del relato, quien afirmó poseer audios y videos que, según su versión, el propio periodista le habría confiado como salvaguarda ante un riesgo inminente.

A partir de esa narrativa —no corroborada públicamente— se orientaron citatorios, se generaron sospechas y se involucró a personas que, con el paso del tiempo, no fueron vinculadas al crimen. La autoridad, sin embargo, nunca validó formalmente la existencia del material referido. El entonces procurador Marco Antonio Higuera Gómez jamás confirmó que ese video o esos audios hubiesen sido integrados a la carpeta de investigación. Ese vacío, lejos de disiparse con los años, se volvió más denso.

Es curioso: En la novela policiaca —y en no pocos expedientes reales— el testigo que asegura tener la prueba definitiva y nunca la exhibe termina siendo, cuando menos, un factor de distorsión. No porque se le pruebe de inmediato una responsabilidad directa, sino porque su dicho condiciona la mirada de la autoridad y de la opinión pública. El caso Humberto Millán no fue la excepción.

Si el video existió, resulta inexplicable que no haya sido incorporado formalmente a la investigación de un homicidio que conmocionó a Sinaloa y que involucraba el ejercicio de la Libertad de Expresión. Y si no existió, entonces alguien mintió deliberadamente, generó una línea de investigación falsa y contribuyó a desviar la atención de los verdaderos autores materiales e intelectuales. En cualquiera de los dos escenarios, la conducta no es menor: se trata de un posible acto de obstrucción de la justicia.

Catorce años después, con el crimen sin resolver y los responsables en libertad, la Fiscalía General de Justicia del Estado tiene la obligación jurídica y moral de reabrir la investigación. Y en ese ejercicio, Berzahí Osuna Enciso debe comparecer nuevamente ante la autoridad. No como personaje mediático ni como activista coyuntural, sino como el declarante cuya versión inicial influyó de manera decisiva en el rumbo de la indagatoria. A nadie convence que si tuvo en su poder el hipotético audio y/o video, no sepa quien pudo haber asesinado a Humberto Millán.

Berzahí, debe explicar, bajo protesta de decir verdad, si existieron o no los audios y el video que afirmó poseer; a quién se los entregó, en qué fecha, bajo qué condiciones y por qué nunca fueron presentados públicamente ni integrados de forma verificable a la carpeta de investigación. Su comparecencia no implica prejuzgarlo, pero sí reconocer que, en un asesinato de esta magnitud, nadie que haya afirmado tener la prueba clave puede permanecer al margen del escrutinio institucional. La verdad se posterga durante años, la sospecha deja de ser malicia y se convierte en una exigencia de justicia.

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