Ni dobles pensiones mucho menos “prima vacacional” para trabajadores jubilados del IMSS

La SEP y la SHyCP buscan que las Universidades Públicas Estatales que pagan “jubilaciones dinámicas”, no incluyan en este beneficio las “primas vacacionales” porque los trabajadores en retiro no gozan de vacaciones, no están en activo

Álvaro Aragón Ayala

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución en octubre 2024, la cual ya se aplica con rigurosidad, que impacta directamente a ciertos trabajadores jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). La decisión establece que ya no es posible que reciban una doble pensión, afectando a quienes percibían simultáneamente una pensión por jubilación y otra por vejez.

Junto con la cancelación de la doble pensión se determinó la inconstitucionalidad y anticonstitucionalidad de otorgar “primas vacacionales” a los trabajadores jubilados. Estas medidas buscan eliminar lo que se consideraba una duplicación injustificada de beneficios, ya que algunos trabajadores del IMSS obtenían ingresos por ambos conceptos. La SCJN determinó que esta práctica generaba inequidad dentro del sistema de pensiones.

POR QUE SE ELIMINÓ LA DOBLE PENSION

La SCJN concluyó que permitir el cobro doble de pensiones representaba una duplicación injustificada de beneficios. La decisión se basó en la existencia de un régimen considerado extralegal, que otorgaba a ciertos pensionados prestaciones más generosas que al resto de los trabajadores del país. Esta resolución busca garantizar una distribución equitativa de los recursos del sistema de pensiones y evitar privilegios indebidos.

Además, la medida pretende fortalecer la sostenibilidad financiera del IMSS, asegurando que los fondos disponibles se utilicen de manera justa y eficiente para todos los derechohabientes. La eliminación de la doble pensión es parte de una serie de reformas orientadas a mejorar la equidad y transparencia en el sistema de seguridad social mexicano. Las dobles pensiones estaban conduciendo a la bancarrota al instituto.

LOS “AFECTADOS” QUE SAQUEAN EL IMSS

La resolución afecta específicamente a los extrabajadores del IMSS que, en su doble carácter de asegurados y empleados, obtenían una pensión por jubilación conforme al Régimen de Jubilaciones y Pensiones del contrato colectivo con el SNTSS y, adicionalmente, solicitaban la pensión por vejez. A partir de octubre de 2024, estos trabajadores ya no reciben ambos beneficios.

NO AL SAQUEO DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS

La Secretaria de Educación Pública y la Secretaría de Hacienda están exigiendo a los directivos de las Universidades Públicas Estatales del país que pagan con recursos públicos destinados a la educación la llamada “jubilación dinámica”, no incluyan en esta prestación la entrega de “primas vacacionales” para que no incurran en acciones que puedan trasgredir la ley. El gobierno federal no otorga a ninguna universidad dinero para cubrir jubilaciones ni pensiones.

La SEP y la SHyCP establecieron que hasta hoy se ha actuado de manera tolerante con el pago de la “jubilación dinámica”, cuando en realidad, apegándose a la Constitución, las pensiones y jubilaciones corresponde cubrirlas al IMSS al ISSSTE. Sin embargo, el pago de “primas vacacionales” a los empleados retirados, por edad, enfermedad o por cumplir con sus años de trabajo, se sale de todo marco legal. No debe de existir, pues, una “prima vacacional” para quien ya dejó de trabajar o para personal que no está en activo.

También la SEP y la SHyCP están exigiendo a las Universidades Publicas estatales creen o integren sistemas o modelos de “jubilación dinámica”, en la figura de fideicomisos que impidan sangrar las economías o finanzas de las casas de estudio, que no reciben presupuesto de la federación ni de los estados para ningún tipo de prestación de retiro.

Share

You may also like...