Elección judicial: “malapportionment operativo”

Javier Rosiles Salas

Los comicios judiciales de este domingo significaron la generación de un nuevo modelo de elección que implicó pensar de manera diferente la organización de un proceso electoral. Esto es así porque una cosa es la representación política y otra, muy diferente, la selección colectiva de personal.

Dado que la urgencia fue acoplar la tradicional manera de hacer elecciones con la lógica propia del sistema judicial, se generaron tensiones entre la lógica organizativa y la lógica democrática.

Lo que importó fue desarrollar las elecciones, obligados todos y todas por la reforma judicial, aun a costa de dispensar el ejercicio de ciertos principios democráticos. ¿En qué medida las necesidades logísticas y los requerimientos para poder organizar una elección con poco tiempo, con menos recursos y con escasa experiencia limitaron, o hasta impidieron, el despliegue pleno de prácticas democráticas?

Las mayores tensiones se generarán en las elecciones de 2027, cuando se traslapen dos lógicas distintas, la del modelo electoral para la representación, mediante el cual se elegirán diputaciones federales y gubernaturas, y el modelo electoral para la selección colectiva de personal, en lo que será la segunda elección judicial.

En la literatura académica sobre sistemas electorales se pueden identificar cuatro grandes áreas que habría que examinar puntualmente para observar las referidas tensiones: circunscripción electoral, candidaturas, votación y conversión de votos en espacios de poder.

Por lo que respecta a la primera, se puede establecer de manera contundente que se generó en México un nuevo tipo de anomalía, que podríamos llamar “malapportionment operativo”, esto es, una distorsión consentida en la igualdad del voto.

Existen dos fenómenos reconocidos que ponen en riesgo, justamente, esa igualdad: el llamado gerrymandering, es decir, la manipulación de los distritos para favorecer a un partido, y el malapportionment, que implica una perniciosa distribución poblacional en los territorios en donde ocurre la liza electoral.

Se trata de anomalías que buscan evitarse, que se tratan como trampas que afectan gravemente el desarrollo democrático. Por eso llama la atención que en las elecciones judiciales se votara en territorios en los cuales el malapportionment se aceptara de manera expresa con fines operativos.

Esta mala distribución se presentó no sólo porque los distritos electorales judiciales difirieran en tamaño poblacional, sino porque también variaron en ellos el tipo y número de cargos a elegir, produciendo una asimetría en el peso político del voto de la ciudadanía.

Una primera evidencia es la manera como se configuraron los distritos judiciales electorales a nivel federal: a la Ciudad de México se le asignaron 11, mientras que a la entidad más poblada, el Estado de México, apenas tres.

Un ejemplo aún más claro, este a nivel local, es lo que ocurre en el Estado de México, en donde el distrito de Tlalnepantla tiene un tamaño de 2 millones 281,413 personas, frente a los 83,371 habitantes del distrito de Sultepec, una (des)proporción de 27 a uno. En ambos distritos se eligió al presidente del Tribunal Superior de Justicia y cinco magistraturas del Tribunal de Disciplina.

Pero hay una alteración cuando en Tlalnepantla se eligen seis magistraturas del Tribunal Superior de Justicia y nueve jueces, mientras que en Sultepec la disputa es por 13 magistraturas para el referido tribunal, además de que quienes habitan ese distrito no tuvieron posibilidad de elegir a ninguna persona juzgadora.

No hay duda de que lo que vimos este domingo es una distorsión del principio de igualdad política y territorial del sufragio, una asimetría en la estructura de competencia electoral. La pregunta es si esto debe aceptarse bajo el argumento de que se trata de un modelo distinto cuya naturaleza así lo exige, o si deberiamos preocuparnos por tratarse de una irregularidad inaceptable.

Un buen parámetro para establecer si el nivel de participación en la elección de este domingo es apenas aceptable o no es la cifra alcanzada en el proceso de revocación de mandato: 17.77%. Si se toma como dato el rango ofrecido por la presidenta del INE, Guadalupe Taddei, de entre 12.57% al 13.32% es evidente que fueron comicios con una muy baja asistencia y, por tanto, con un elevado costo por sufragio.

Como nunca en la historia del país, esta elección puso a prueba a la ciudadanía y a los institutos electorales. Una y los otros fallaron en algún sentido, porque las tensiones democráticas pervivieron: hubo ausencia en las urnas, por un lado, y se privilegió la lógica organizativa, por el otro. A discutir la reforma que viene.

Share

You may also like...