¡Histórico!: Dan 492 votos en favor de derechos de pueblos indígenas y comunidades afromexicanas
Eloísa Domínguez
De manera histórica, este miércoles pueblos indígenas y comunidades afromexicanas arrancaron al pleno de la Cámara de Diputados 492 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones para reformar el artículo 2 de la Constitución mexicana para reconocer su derecho a la toma de decisiones sobre la utilización de recursos y participar en consultas ciudadanas, incluyendo la defensa de los derechos de mujeres, niñas, niños y adolescentes, entre otros temas que implica la modificación a la Carta magna.
Los legisladores de todos los partidos aprobaron el dictamen en lo general y lo particular de lo no reservado.
En la discusión de reservas hay 167 que se discuten a los largo de la tarde.
“Muy contentas porque vamos a ejercer plenamente nuestros derechos, esta reforma reconoce los derechos de las mujeres indígenas para participar en el desarrollo integral de nuestras comunidades y también para poder dirigir cargos públicos, no solamente electorales sino también comunitarios, porque muchas veces la carrera política de las mujeres indígenas empieza en los ambientes comunitarios, en el comisariado ejidal, en el consejo de ancianos, incluso en los comités de padres de familias de las escuelas, es por eso que como mujeres originarias, mis compañeras y yo estamos muy contentas de que el Presidente Andrés Manuel López Obrador haya regresado esta dignidad a los pueblos originarios y a las mujeres”, declaró Viridiana Regino de la comunidad Nahua de Altepec, Puebla.
La reforma constitucional establece que la nación tiene una composición pluricultural y multiétnica sustentada originalmente en sus pueblos indígenas, que “son colectividades como una continuidad histórica de las sociedades precoloniales establecidas en el territorio nacional que conservan, desarrollan y transmiten sus instituciones sociales, normativas, económicas, culturales y políticas, o parte de ella.
En el dictamen se incorpora el reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas, incluyendo a los pueblos y comunidades afromexicanas, como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como su identidad cultural, con especial atención en el reconocimiento de los derechos de niñas, niños, adolescentes y jóvenes indígenas y afromexicanos.
Garantiza el derecho a decidir conforme a sus sistemas normativos a sus representantes y sus formas internas de gobierno, de acuerdo con la Constitución y las leyes aplicables, y con excepción de no limitar los derechos político-electorales.
Preserva, difunde y fomenta su cultura, lenguas y educación, con base en sus métodos de enseñanza-aprendizaje; promueve el desarrollo de la medicina tradicional y prácticas de salud, alimentación nutritiva, bioculturalidad e integridad de lugares sagrados, así como el reconocimiento del trabajo comunitario.
Además, fija el derecho a ser consultados y cooperar de buena fe para adoptar y aplicar las medidas que puedan causar impactos significativos en su vida o entorno, para lo cual les brinda asistencia jurisdiccional idónea.
Se deja claro que las autoridades, en el ámbito de sus competencias, deberán establecer las partidas específicas presupuestales para los pueblos y comunidades que administren y ejerzan conforme a las leyes de la materia. Asimismo, conservar su derecho a impugnar determinaciones por las vías legales pertinentes.
Una vez que sea aprobado este dictamen, la reforma pasará al Senado para de igual manera discutir y aprobarla.