TEPJF revoca orden del INE contra Ricardo Salinas Pliego por el caso Citlalli Hernández

Mario D. Camarillo

Por mayoría de votos y sin convocar a sesión pública, este jueves la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), en el que ordena al empresario Ricardo Benjamín Salinas Pliego abstenerse de publicar en la red social X (antes Twitter), expresiones contra la senadora morenista Minerva Citlalli Hernández, Mora y que pudieran ser consideradas como violencia política de género.

La Sala Superior del órgano autónomo del Poder Judicial, a propuesta de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, y con los votos en contra del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, la magistrada Janine Otálora Malassis y del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón, dejó sin efectos los procedimientos sancionadores del INE, debido a que no es de la competencia del órgano autónomo dictar alguna medida cautelar sobre el citado procedimiento contra un ciudadano. La minoría formuló voto particular conjunto al considerar que la Sala Superior sí tiene competencia constitucional y legal.

La polémica que derivó en este posicionamiento de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, derivó por una queja presentada por la senadora de Morena, Citlalli Hernández, en contra de Ricardo Salinas y contra quien resultara responsable, por presuntos actos constitutivos de Violencia Política de Género, por la difusión de expresiones que la legisladora estimó que afectaban el desempeño de su cargo y que la discriminaban por su aspecto físico.

La Comisión del Instituto Electoral inicialmente declaró procedente la medida cautelar y ordenó al empresario cesar en su conducta porque, desde su perspectiva, configuraban gordofobia y body shaming o vergüenza corporal contra la senadora, así como violencia simbólica.

La respuesta de Ricardo Salinas Pliego no se hizo esperar e inconforme con la medida cautelar emitida por el INE, acudió ante la Sala Superior del TEPJF para presentar sus argumentos y subrayar la falta de competencia del Instituto Nacional Electoral para emitir la orden en su contra al vulnerar su derecho a la libertad de expresión.

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