Fallo de jueza sobre suspensión de paso de la guardia Nacional a la SEDENA no puede ser definitivo

Gonzalo Armienta Hernández, doctor en derecho constitucional de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS) consideró que el fallo de una jueza de Guanajuato en el sentido que se suspenda el paso de la Guardia Nacional a la Secretaría de Defensa Nacional (SEDENA) no representa una sentencia definitiva porque los juzgados de distritos son apenas una primera instancia y no están facultados para resolver estos casos de fondo.

El jurista universitario no descartó que se trate de “ruido político o mediático” porque desde el punto de vista jurídico es una “aberración” lo que se está cometiendo.

“Lo puede suspender para el quejoso, pero no como una ley general porque entonces estaríamos en el supuesto de que un juez o jueza pueda estar por encima del poder legislativo”, observó.

Armienta Hernández explicó que en materia de amparo hay un principio que se llama de relatividad de las sentencias, lo cual significa que la sentencia solamente ampara y protege a la persona que presenta la demanda de amparo y no a las personas que estando en el mismo supuesto no han presentado demanda alguna.

Indicó que de parte del Estado todavía procede el recurso de revisión que se va al Tribunal Colegiado de Circuito para que este decida si la suspensión es procedente o no a favor del quejoso y luego al Estado le queda el recurso de revisión que se iría directamente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que esta determine, en definitiva.

El doctor en Derecho Constitucional puntualizó que, de acuerdo con la reforma aprobada, la Guardia Nacional seguirá bajo la dependencia de la autoridad civil, pero el presupuesto para la misma va a venir de la Secretaría de la Defensa Nacional.

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