Suprema Corte falló a favor de las mujeres: Ahora podrán cobrar pensión por viudez del IMSS o del ISSSTE mientras trabajan
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que las mujeres viudas puedan integrarse a la vida laboral sin condiciones
Luis Hernández
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio su fallo en favor de las mujeres que quedaron viudas y desean trabajar: conservarán su pensión por viudez ya sea del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) mientras reciben un salario bajo su régimen.
El argumento del máximo tribunal es que ambas percepciones económicas responden a diferentes derechos que deben ser respetados, además de que concluyó que condicionar la pensión al hecho de no trabajar afecta el derecho a la seguridad social.
Asimismo, determinó que limita la estabilidad económica de las personas, afecta el derecho a una vida digna y desincentiva la actividad laboral.
¿Cuál fue el Artículo invalidado por la SCJN?
De esta manera, el falló invalidó el Artículo 12, fracción II, inciso C del Reglamento de Pensiones de los Trabajadores sujetos al Régimen del Artículo Décimo Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del ISSSTE.
La norma, que condicionaba la pensión a no incorporarse a un trabajo (bajo el régimen del Artículo 123) ya había sido declarada anticonstitucional en el 2023.
¿El criterio aplica si se contrae matrimonio o vive en pareja?
El criterio también aplica para quienes busquen casarse de nuevo o vivan en concubinato; es decir, no se cancela la pensión.
El fallo de la Suprema Corte es importante debido a que fortalece a las mujeres en dicha situación de múltiples formas, como: poderse integrar al mercado laboral sin condiciones, protege el ingreso económico y socialmente, rehacer su vida sin consecuencias económicas.
