Elección judicial: INE se revela y acude al Tribunal para impugnar suspensiones

Karla Alva

La elección judicial sigue causando enfrentamientos entre el Instituto Nacional Electoral (INE) y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), luego de que esta confirmó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no tenía facultades para intervenir en las suspensiones emitidas por jueces de distrito.

Sin embargo, el órgano electoral a través de su área jurídica desatendió la resolución, el pasado 18 de febrero, Claudia Arlett Espino en su carácter de Secretaria Ejecutiva del INE promovió un juicio ante el Tribunal, el cual se turnó al magistrado Reyes Rodríguez Mondragón para su resolución.

De acuerdo con el escrito presentado por el INE este alega que los jueces no tienen competencia en materia electoral y rechazan su insistencia en autorizar suspensiones que van en contra de lo que indica la ley en la materia, por lo que pidió a la Sala Superior resolver cómo debe actuar el Consejo General.

Cabe señalar que el juicio presentado por el área jurídica del INE es similar a los dos presentados durante el 2024 y que la Corte resolvió que excedían las facultades del Tribunal Electoral.

El pasado 13 de febrero, la Suprema Corte confirmó que el Tribunal Electoral no tenía facultades para intervenir en las suspensiones emitidas por jueces de distrito, por lo que el órgano electoral debía recurrir a los tribunales colegiados de circuito, el proyecto presentado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena contó en lo general con el voto a favor de 7 ministros, y 3 en contra, de parte de las ministras Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel y Lenia Batres.

En la votación de los resolutivos, el Pleno votó que son procedentes las solicitudes de ejercicio de facultad de amparo; que se declare que las sentencias del TEPJF son opiniones sin capacidad de invalidar juicios de amparo; y se pidió a los jueces que ordenaron las suspensiones revisar los juicios en un plazo de 24 horas, como aparece en el punto 185 del proyecto:

“Lo anterior implica que todas las suspensiones concedidas en contra de la implementación de la Reforma Judicial deben revocarse. Ya existe un precedente de la Corte sobre este punto y no hay discrecionalidad para estimar que los aspectos electorales de la Reforma Judicial no son –valga la redundancia– electorales. Por ende, entran dentro de la prohibición del artículo 107 constitucional”.

La contestación al Tribunal Electoral

La discusión causó gran expectación, luego de que estaba programada desde el 6 de febrero y se postergó una semana. En ese lapso, el lunes 10 la presidenta magistrada del TEPJF, Mónica Soto informó que iban a pedir que para la sesión de este 13 se excluyeran de la discusión del Pleno de la SCJN la ministra presidenta, Norma Piña, así como Javier Laynez Potisek, Jorge Mario Pardo Rebolledo y el autor del proyecto, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

La razón es que consideraban que dichos ministros se habían pronunciado contra la reforma judicial de manera subjetiva. El Pleno votó que no era procedentes esa exigencia.

Pero además de esa manifestación, ese mismo 13 de febrero, mientras sesionaba la Suprema Corte, Soto mandó un mensaje de que el Tribunal Electoral no permitiría la intromisión de otras instancias y reiteró que solo ellos tienen competencia en asuntos electorales.

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