Tribunal Colegiado le da la razón de nuevo a la UAS, al declarar inconstitucional que la ASE audite los recursos propios de la Universidad, por eso es vergonzosa la vinculación de funcionarios rosalinos

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Segundo Distrito con Sede en Mazatlán confirmó en Sesión realizada ayer jueves 8 de agosto confirmó la sentencia de amparo a favor de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS) y declaró firme como inconstitucional los artículos impugnados de la Ley de Educación Superior del Estado de Sinaloa entre ellos el 69, fracción IX y X relativos a que los recursos propios de la Universidad no pueden ser fiscalizados por la Auditoría Superior del Estado (ASE).

El Asesor Jurídico de la Casa Rosalina, doctor José Ramón Bonilla Rojas, informó que uno de los argumentos del Juez Carlos Alberto Herrera para vincular al doctor Jesús Madueña Molina y a Robespierre Lizárraga Otero por abuso de autoridad al no permitir que se auditaran los recursos propios autogenerados por la UAS en 2019, 2020 y 2021, solicitados en la Auditoría E001/2023, fue que no había causado estado la sentencia 594 que declaró inconstitucional dicha auditoría.

“Ya no hay duda, ni debe tener duda la Fiscalía General del Estado ni el Juez local:  los ingresos autogenerados de la UAS no son objeto de competencia de fiscalización de la ASE, si quería una sentencia que causara estado ayer mismo el Tribunal Colegiado sesionó y declaró firme, ¿qué quiere decir con esto? La inconstitucionalidad de los artículos impugnados de la ley de Educación Superior del Estado de Sinaloa es cosa juzgada”, dijo.

Precisó que la Universidad comprobó la violación a sus derechos fundamentales y la violación a la Autonomía Universitaria, quedan “vinculados” el Congreso del Estado, la ASE, el Gobernador del Estado y la SEPyC.

Reiteró que ayer el Tribunal Colegiado confirma la sentencia de amparo a favor de la UAS, implica entre otras cuestiones, que los artículos que tienen que ver con la intromisión en ingresos autogenerados  son violatorios de la Autonomía Universitaria, lo que representa un revés para el Congreso del Estado, para los diputados actuales y una advertencia jurídica para los nuevos, pues tienen que partir de la idea de que han legislado mal y de espaldas a la Constitución y “legislar así es legislar en contra del pueblo”.
 
Bonilla Rojas calificó de vergonzoso y denigrante que el Juez Local Carlos Alberto Herrera este jueves vinculara a proceso al doctor Madueña Molina y a Lizárraga Otero y desoyera las sentencias de amparos otorgadas a favor de la Universidad lo que mostró una descomposición del Poder Judicial Local.
 
“Hay claramente una intromisión de otras personas y poderes en la vida del Poder Judicial (…) ayer el poder judicial local quedó exhibido como un poder judicial bananero es decir sin independencia judicial”, opinó al señalar que en la audiencia a la cual asistió como público los primeros sorprendidos de la vinculación fueron los ministerios públicos.
 
“Esa auditoría que supuestamente impidieron el doctor Madueña Molina y Lizárraga Otero fue declarada inconstitucional por el Juez Tercero de Distrito, existe una suspensión definitiva para que no surta consecuencias jurídicas ni la Auditoría, ni todo lo que hizo la ASE”, así mismo se presentó como prueba la sentencia en contra de la Ley Estatal de Educación Superior por lo que los agentes de Ministerio Público veían el asunto como perdido y no esperaban que se diera el auto de vinculación, por ello, agregó, será fácil ganar el amparo que se interponga en contra de dicho auto de vinculación.
 
Indicó que se tiene que acudir al Juzgado Tercero de Distrito para hacerle saber al Juez federal que la ASE no cumplió con su tarea, debió informarle al Ministerio Público y al Juez de Control de la sentencia sobre la Auditoría E001/2023.
 
El doctor Milton Ayala Vega, abogado defensor de Madueña Molina, consideró que cada audiencia sorprende más la forma indebida en que se conduce el poder judicial en Sinaloa ya que existe el principio que se llama “la apariencia del buen derecho”, significa que cuando alguien acude a un Tribunal e invoca resoluciones de otros tribunales, más si son superiores se deben tomar como orientadoras para emitir sus resoluciones, algo que no hizo el Juez Herrera.


 Citó entre las sentencias que se exhibieron la 1098/2023 del Juzgado Primero; la 1255/2023 del Juzgado Segundo de Distrito; la 1594/2023 del Juez Tercero de Distrito; se invocó el juicio de amparo de la Ley de Estatal de Educación Superior; el recurso de queja 234/2023 del Primer Tribunal Colegiado en materia administrativa; y la suspensión del amparo 1594, todas relativas a que los recursos propios de la UAS no son recursos de la cuenta pública y por tanto no son fiscalizables por la ASE, estas pruebas debieron ser suficientes para dictar el Auto de no vinculación por lo que aseguró que no quedará impune el actuar del Juez Local.
 
“Como universitarios formadores de jóvenes tenemos que establecer que la única vía para la solución de cualquier conflicto de acuerdo a la Constitución son las vías establecidas en las normas, en los procedimientos y en la ley, desgraciadamente esos procedimientos tiene baches, hoyos, zanjas y topes que tenemos que ir quitando recurso tras recurso, pero que no quede duda que con la ley en la mano tarde o temprano vamos a demostrar el abuso de autoridad que se está cometiendo y la persecución política en contra de los compañeros universitarios”, estableció.

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