Candidatos que se escudan en la denuncia amenazante

Alfonso Carlos Ontiveros Salas

La libertad de opinión es un derecho humano para todo ciudadano de la República. Cualquiera que pretenda obstaculizarla atenta contra su propia dignidad

Los puestos de elección popular son una vitrina que transparenta a la persona y la dignifica en sus aspiraciones. Todo antecedente que socialmente sea una tacha y aun así se suben a la palestra electoral, deberán asumir los riesgos y consecuencias. Un candidato que arrastre denuncias penales no puede sentirse seguro de que no se exhibirán en su contra. La arena política electoral es propicia para abanderar esos hechos porque seguro que golpearán al enemigo electoral en sus pretensiones.

La sociedad no admite que el cinismo prevalezca. Los caprichos degradantes e impositivos de candidatos para que lleguen a puestos de elección con el antecedente de agresores sexuales es una canallada para quien lo hace. La tribuna mediática debe ser pareja e imparcial. Hay medios que protegen al agresor sexual por intereses económicos y no por convicción empresarial. La empresa de medios opera con los compromisos comerciales que adquiere por las páginas que difunden las notas de publicidad de quien le paga.

Un aspirante a puesto de elección popular no puede ni debe sentirse ofendido por alguna tribuna de medios que difunde las tachas si le preceden denuncias formales ante autoridades competentes para investigar los delitos que se le atribuyen. Por razones éticas deberían deponer sus pretensiones político-electorales y hacer frente a sus responsabilidades penales, poniéndose a disposición de las autoridades procuradoras de justicia para que resuelvan si son o no responsables del o los delitos que se les atribuyen.

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El medio difusor que da a conocer a la sociedad los antecedentes que acompañan a un aspirante a puestos de elección popular, parte de un elemental principio de la fama púbica de candidatos que la sociedad debe conocer para que razone su voto y no lleve al poder legislativo a quien arrastra señalamientos delictivos. La difusión mediática no debe ser censurada por ningún motivo. La información que se difunde cuando hay antecedentes formales de que se ha cometido un delito y que por razones políticas de protección no se le de curso a la denuncia presentada son iguales de canallas la autoridad como el o los aspirantes.

Denunciar ante las autoridades electorales que a un candidato se le daña su moral púbica y que impacta negativamente en las simpatías del electorado que lo podría elegir al puesto de elección que pretende, es un acto de cinismo y de inmoralidad política y social. Hay víctimas de delitos que no han sido debidamente atendidos para ser investigados. Hay protesta pública de quienes han sido ofendidas por los delitos que han denunciado y el o los autores no han sido tocados para nada. Las autoridades cínicamente han guardado silencio y detenido perversamente las investigaciones.

Los periodistas y medios de comunicación que se deben a sus responsabilidades públicas con la sociedad y no a grupos de interés político, no podrán guardar silencio porque se podría llevar al poder legislativo o a puestos del gobierno, a personas que por ningún motivo pueden figurar en el servicio público porque serían una amenaza para las mujeres en general. Un grito de censura en contra de las autoridades cómplices que solapan el delito y dejan sin protección a las víctimas.

Ana Karina Aragón Cutiño y Noemi Rivera demandan justicia a sus denuncias por agresión sexual y otros delitos y la Fiscalía Estatal guarda silencio ¿Quedarán impunes esos casos? ¿Los responsables en realidad cruzaron el pantano y su plumaje no quedó manchado?

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