Elección 2024: 93 mil personas en prisión podrán ejercer su derecho al voto
Guadalupe Vallejo
En el 2024, cerca de 93,000 personas en prisión, en todo el país, podrán votar para elegir a presidente de la República y en aquellas entidades que tengan legislado este ejercicio, se incluirán además los cargos locales.
El voto será de forma anticipada entre el 6 al 20 de mayo de 2024, previo a la elección del 2 de junio, en la que estarán en juego además de la Presidencia de la República, el Congreso federal, así como ocho gubernaturas y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, entre cerca de 20,000 cargos de elección popular.
En la Ciudad de México podrán votar para la renovar la Jefatura de Gobierno, diputaciones y las 16 alcaldías, mientras que en Chiapas por la gubernatura, diputaciones y ayuntamientos. En Hidalgo por gobiernos municipales.
De acuerdo al consejero Martín Faz Mora, quienes participen serán incluidos en la lista nominal de electores, pero no se les entregará la credencial para votar físicamente.
Además, asegura en entrevista con Expansión Política que el penal donde se encuentren será considerado como su domicilio, previa inscripción ante el INE, que deberá incluirlos en el padrón electoral.
Faz Mora considera que esta medida “contribuye a la promoción, respeto, protección y garantía de derecho al voto de las personas en prisión preventiva” y, en consecuencia, asegura, se fortalece el ejercicio a sus derechos humanos.
El antecedente
En junio de 2018, dos personas recluidas en el Centro Estatal de Reinserción Social “El Amate”, en Cintalapa, Chiapas, presentaron una impugnación ante la Sala Superior del Tribunal por la omisión del INE de emitir los lineamientos que les permitiera ejercer su derecho a votar, sin haber sido condenadas a través de una sentencia.
Ocho meses después, en febrero de 2019, la Sala Superior del Tribunal concluyó que las personas en prisión que no han sido sentenciadas tienen derecho a votar, porque se encuentran amparadas bajo el principio de presunción de inocencia, por lo que ordenó al INE realizar una prueba piloto en 2021, con miras a su implementación en el 2024.
La consejera Carla Humphrey coincide en que las personas en prisión preventiva que no han sido sentenciadas deben tener acceso a poder ejercer su voto.
Ese derecho, añade en entrevista, solo puede suspenderse cuando exista una sentencia condenatoria ejecutoriada, es decir, firme y definitiva, por lo que si ésta no existe las personas en prisión preventiva deben continuar en el uso, goce y disfrute de todos sus derechos.
Pruebas piloto
En 2021, un total de 4,530 personas privadas de su libertad ejercieron su derecho al voto en las elecciones de los estados de México y Coahuila, así como de diputaciones locales en la primera entidad.
La lista nominal se integró por 4,991 registros, de un total de 9,557 personas en reclusión.
La votación anticipada se realizó entre el 15 y el 19 de mayo en 21 centros penitenciarios: uno en Coahuila y 20 en el Estado de México.
En Hidalgo, votaron 116 de 130 personas inscritas en la Lista Nominal de Personas en Prisión Preventiva; 13 de ellas cambió su situación jurídica de último momento y una persona se reservó el derecho a votar.
Voto en prisión
En el país hay 263 centros penitenciarios ubicados en los 32 estados de la República: 15 federales y 248 estatales.
Las personas en prisión preventiva podrán votar de forma anticipada al interior de los centros penitenciarios, para lo cual se contará con un protocolo de seguridad e infraestructura para la instalación de Mesas Receptoras del Voto, conforme a lo informado por la Secretaría de Seguridad Pública competente.
El personal del INE será el encargado de elaborar y entregar las invitaciones y solicitudes determinadas en el Listado Nominal, además de integrar los sobres-paquete-electorales de seguridad con la documentación necesaria y, de recabar la votación anticipada de las personas en prisión preventiva durante el periodo del 6 al 20 de mayo del 2024.
A su vez, el escrutinio y cómputo de la votación se llevará a cabo en las mesas que sean aprobadas por los Consejos Distritales, mientras que el Instituto y los Organismos Públicos Locales (OPLEs) realizarán la incorporación de los resultados a los sistemas electorales, conforme a cada tipo de elección.
La inscripción
Las personas que deseen votar en la próxima contienda federal deberán estar inscritas en la Lista Nominal, y no estar suspendida en sus derechos político-electorales y manifestar su intención de derecho al voto.
Las autoridades de la Secretaría de Protección Ciudadana proporcionarán al INE una base de datos de las personas privadas de su libertad en los CEFERESO, y que se encuentren en prisión preventiva, que contenga al menos: nombre(s), apellido paterno, apellido materno, sexo, fecha y lugar de nacimiento.
Para materializar este derecho, se deberá llevar a cabo un esfuerzo conjunto entre el INE, las juntas locales y distritales, los OPLEs, así como las autoridades penitenciarias y de seguridad pública de los diversos niveles de gobierno.
“Sin el apoyo y la coordinación de esas autoridades penitenciarias, no hay Programa de Voto en Prisión Preventiva; porque eso no depende del INE, dependemos de ellos”, anotó a su vez la consejera Norma de la Cruz.
Recordó que tras el mandato del TEPJF, el INE ha adquirido la responsabilidad y el encargo de garantizar que todas las personas recluidas a las que no se les haya suspendido sus derechos, tengan la posibilidad de emitir su voto el próximo 2 de junio de 2024.
De tal suerte, anotó, será la primera vez que las personas que se encuentran en prisión preventiva, tenga la posibilidad de votar para elegir a la próxima o próximo titular de la Presidencia de la República.
“Con corte de agosto de 2023, hablamos de alrededor de 90,792 personas recluidas preventivamente en 282 centros penitenciarios de todo el país. En ese universo de personas y cedes, se implementará la modalidad de voto anticipado, siempre y cuando las condiciones de seguridad e infraestructura, así lo permitan”, resalta.
¿Qué requisitos deberán tener los centros penitenciarios?
De acuerdo al consejero Martin Faz, para este proceso de voto anticipado serán contemplados los centros penitenciarios que a más tardar este mes de noviembre cuenten con condiciones de seguridad e infraestructura para la instalación de las mesas receptoras, la difusión del ejercicio y la entrega de invitaciones para el registro.
Aclaró que el escrutinio y cómputo del voto anticipado se llevará a cabo en las mesas receptoras aprobadas por los consejos distritales, mientras que el INE y los OPLES realizarán la incorporación de los resultados a cada tipo de elección.
Población penitenciaria en cifras
Al corte de julio de este año, el Censo Nacional del Sistema Penitenciario Federal y Estatales 2023 del INEGI, sobre el estatus jurídico de las personas privadas de la libertad o internadas en los centros penitenciarios y centros especializados, señala que en 2022, había 88,172 personas sin sentencia o medida cautelar de internamiento preventivo.
Otras 26,653 con sentencia no definitiva, 111,162 contaron con sentencia definitiva, en tanto que en 3,129 personas, no se identificó su estatus.
En 2022, 39% de la población privada de la libertad o internada no contó con una sentencia. En el caso de los hombres, es del 38.4% y de las mujeres, 49.3%.
Y conforme al censo referido, del total de la población privada de la libertad sin sentencia, 50.2% se encontraba en prisión preventiva oficiosa; 23.9% en prisión preventiva justificada; 11.4% en otro supuesto jurídico y en un 14.5% no se identificó el tipo de estatus jurídico.