Seis jueces y una magistrada maquinaron impunidad en caso Ayotzinapa

Nancy Flores

La maquinación de la impunidad en el crimen de Estado de Ayotzinapa  incluye la participación activa de seis jueces, un juzgado y una magistrada, quienes han posibilitado que los responsables de violaciones graves a derechos humanos sigan en libertad. De éstos, destaca el caso del juez Samuel Ventura Ramos, del Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en Tamaulipas, quien “liberó a 77 presuntos responsables de la desaparición por haber sido torturados por distintas autoridades, sin dar vista al Ministerio Público, ni señalar e investigar a quienes realizaron la tortura”.

El juzgador también “ha restado valor a las pruebas obtenidas por cooperación internacional, como las escuchas que realizó la DEA [Agencia Antidrogas de Estados Unidos] en Chicago; y el 22 de febrero de 2022, determinó otorgar libertad a Xóchitl N, quien fungía como radio operadora en el C4 en Iguala la noche de los hechos, argumentando que no había prueba de cargo para vincularla a proceso”, señala el informe que la Comisión Presidencial para la Verdad y el Acceso a la Justicia del Caso Ayotzinapa presentó el pasado 18 de agosto, y que contiene conclusiones preliminares sobre el destino de los 43 estudiantes.

El asunto ha sido calificado como un macro caso por el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes, pues durante los hechos de violencia sucedidos la noche del 26 y 27 de septiembre de 2014 en Iguala, Guerrero, seis personas fueron ejecutadas extrajudicialmente; 43 estudiantes de la Normal Rural Raúl Isidro Burgos fueron víctimas de desaparición forzada; 40 personas resultaron heridas –algunos, de gravedad– en los ataques, y al menos 120 personas (que lograron sobrevivir) fueron víctimas de persecución y atentados contra su vida. Y el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador ha reconocido que se trata de un crimen de Estado.

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Poder Judicial Federal

El informe de la Comisión de la Verdad revela que en el entramado para ocultar la verdad también ha tenido una participación activa el Poder Judicial. Respecto de los obstáculos de la investigación, señala: “desde el inicio de las investigaciones, el Poder Judicial de la Federación radicó los procesos judiciales en siete juzgados de siete entidades de la República, en dos sistemas procesales distintos: sistema inquisitivo y sistema acusatorio, a lo que se suma a una causa que se ventila a nivel federal, lo que fragmentó el proceso judicial; estableció criterios discrecionales y diferenciados de los jueces en la interpretación de los hechos y de la ley, y propició trabas burocráticas y administrativas, prolongando los procesos, en demérito de los derechos de las víctimas”.

También señala que “la falta de unificación en los procesos penales, en sí misma, es un obstáculo para el acceso a la justicia. Frente a ello, los padres y madres de los estudiantes han demandado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación establecer una jurisdicción única sobre el caso, demanda que no ha sido atendida”.

Agrega que “a la fecha, se contabilizan al menos 28 causas penales iniciadas ante el Poder Judicial de la Federación por acusaciones directa o indirectamente vinculadas con los hechos de Iguala (al menos ocho), con hechos relacionados y delios cometidos durante las investigaciones. La dispersión de las causas se da: 10 en Tamaulipas, cinco en el Estado de México, cinco en Guerrero; cuatro en la Ciudad de México; una en Colima; una en Morelos y una en Querétaro”.

Respecto a la actuación de los jueces, además del caso del juez Samuel Ventura Ramos, destaca otros siete casos donde se ha puesto en riesgo el acceso a la justicia y la búsqueda de la verdad:

El del juez Enrique Beltrán Santes, del Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, de quien se señala: “ha mostrado desconocimiento sobre el desahogo de testigos con reserva de identidad, negándose a aceptar que, por seguridad, en las diligencias se distorsionen voz e imagen, señalando que no escucha con claridad”.

Refiere también el caso del juez José Álvaro Vargas Ornelas, del Juzgado Quinto de Distrito en Guerrero, quien “se niega a conocer los asuntos que se le presentan, aludiendo falta de competencia territorial”.

Otro que ha incurrido en prácticas que ponen en riesgo la justicia es el juez César Chávez Souverbille, del Juzgado Noveno de Distrito en Guerrero, “quien no asume que el delito de tortura actualiza la competencia federal”.

Asimismo, se cita el caso del juez Gabriel Domínguez Barrios, del Noveno Distrito en Iguala, quien “liberó el 11 de noviembre de 2019, tras el pago de una fianza de 10 mil pesos, a Marco Antonio N (a) ‘la Pompi’ o ‘el Cuasi’, quien había sido deportado de los Estados Unidos y detenido en la frontera norte, permitiendo de nueva cuenta su evasión”. Se trata de Marco Antoni Ríos Berber, presunto sicario de Guerreros Unidos, quien habría estado presente y participado en la tortura y asesinato de los jóvenes.

Además, el 2 de marzo de 2022, Domínguez Barrios “modificó la medida cautelar a Carlos N [Carlos Gómez Arrieta], extitular de la Policía Federal Ministerial, para llevar su proceso en libertad”.

Otro juez que habría incurrido en este tipo de prácticas es Óscar Alejandro López Cruz, del Juzgado Primero de Distrito en Colima, quien “considera que el delito de desaparición forzada es prescriptible”.

El informe de la Comisión de la Verdad indica que también el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Morelos ha entorpecido el acceso a la justicia en este caso, pues “no acepta las reglas de competencia por sistema, al realizar una interpretación equívoca de los transitorios del Código Nacional de Procedimientos Penales”.

Y cita por último el caso de la magistrada Lambertina Galeana, del Tribunal Superior de Justicia de Guerrero, quien “ordenó la destrucción de los videos grabados por las seis cámaras exteriores del edificio del Palacio de Justicia, argumentando que las imágenes no eran claras porque hubo ‘problemas técnicos’”.

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Obstrucción en la FGR

El Poder Judicial no es el único que ha obstaculizado el acceso a la justicia. De acuerdo con la Comisión de la Verdad, “una situación similar a la de los jueces se presenta en la FGR [Fiscalía General de la República, antes PGR], donde se registra falta de coordinación entre sus áreas respecto a la investigación sobre Guerreros Unidos, en demérito del trabajo de la UEILCA [Unidad Especial de Investigación y Litigación del Caso Ayotzinapa]”.

Como ejemplo, cita el caso de las “carpetas de investigación abiertas entre 2014 y 2016 en la Unidad de Investigación Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas; la Unidad Especializada en Delitos contra la Salud; la Unidad especializada en Delitos contra el Secuestro; y la SEIDO [Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada], que realizaban el seguimiento de las operaciones de Guerreros Unidos, así como la intervención de sus comunicaciones, el análisis forense realizado a dispositivos relacionados con el caso y el análisis de la estructura y operaciones del grupo delictivo, que no se compartieron en un inicio con la Unidad Especial”.

Otro ejemplo expuesto en el informe tiene que ver con la ejecución de Juan Salgado Guzmán, por elementos de la FGR: “Tras un largo proceso de investigación, la Comisión de la Verdad proporcionó a la FGR información sobre la ubicación y movimientos de Juan Salgado Guzmán, (a) ‘el Caderas’, en el municipio de Metepec, Estado de México. Salgado Guzmán participaba como operador de Guerreros Unidos en la zona norte de Guerrero y el sur del Estado de México. El 22 de septiembre de 2021, a las 13:33 horas, inició un fallido operativo para su captura que derivó en un enfrentamiento, en el que se registraron diversas irregularidades, falta de planeación, personal no acreditado, y un uso desmedido de fuerza, donde, una vez sometido, Salgado Guzmán fue ejecutado”.

El informe agrega que de los 13 elementos asignados al operativo, sólo cinco contaban con arma a cargo y ocho no presentaron registro de armamento oficial. “Se tenían asignados cinco vehículos de los cuales sólo uno fue utilizado al momento de la detención”.

Asimismo, apunta que “en los videos y de la declaración del conductor del taxi en el que viajaba Salgado, no se encontró que hubiera habido comandos verbales de los agentes, al tiempo que se aprecia que durante el enfrentamiento dicho individuo realizó, desde el interior del vehículo, siete disparos y que al encontrarse herido no realizó más disparos, ya que su segundo cargador se encontraba abastecido en su totalidad. Sin embargo, al acercarse al individuo, un tercer elemento de la policía ministerial dio la orden de ‘tirar’, aun cuando Salgado Guzmán se encontraba herido y sometido. El resultado de la autopsia señala que el occiso presentó 23 lesiones provocadas por arma de fuego”.

Para la Comisión de la Verdad –que encabeza el subsecretario de Derechos Humanos, Alejandro Encinas–, “la detención pudo haberse realizado, ya que, como se aprecia en los videos, el objetivo hizo varios intentos por salir del vehículo sin conseguirlo, posiblemente por las lesiones. Cabe señalar que pese a existir una carpeta de investigación, ningún elemento ha rendido declaración ya que se reservaron su derecho a declarar”.

A pesar de estos obstáculos, el informe indica que, “dentro del proceso de judicialización, para febrero de 2022 la UEILCA había solicitado 110 órdenes de aprehensión, de las cuales 98 fueron otorgadas, lo que ha permitido la detención de 112 personas involucradas en los hechos, entre quienes se encuentran integrantes del grupo delictivo, exfuncionarios públicos y un elemento de las fuerzas armadas, quedando pendientes la detención de objetivos de relevancia, acusados por desaparición forzada, tortura y oros delitos”.

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