La Corte da permiso para robar a los trabajadores

Manuel Fuentes

A raíz del cierre inminente de las Juntas de Conciliación y Arbitraje en todo el país, algunos abogadosladrones realizan conveniosa nombre de los trabajadoressin requerir de su presencia, cobran y desaparecen con todo y dinero.

Una jurisprudencia que aprobó la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en agosto de 2017, registrada como 2a./J.92/2017, permite que ciertos abogados se apalabren con los representantes patronales, convengan una cantidad y no tengan obligación de informar al trabajador.

La penosa jurisprudencia que da permiso para robar tiene el rubro:

“DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN LABORAL. ES INNECESARIA LA RATIFICACIÓN DEL ACTOR, CUANDO EL APODERADO LEGAL CUENTA CON FACULTADES EXPRESAS PARA ELLO.”

La jurisprudencia señala que, si el trabajador acepta el contenido de la carta poder que elaboró su abogado y, a pesar de que su contenido sea inentendible y solo beneficie a su “defensor”, ésta tiene todo el valor legal, como si hubiese sido firmada ante una alta autoridad, bastando para ello tan sólo la firma de dos testigos. El texto referido señala lo siguiente:

“En términos de la fracción I del artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo, cuando el compareciente en un juicio laboral actúe como apoderado de persona física, podrá hacerlo mediante poder notarial o carta poder firmada por el otorgante y ante dos testigos, sin necesidad de ser ratificada ante la Junta.”

La irresponsabilidad de los ministros es mayúscula cuando autorizan:

“…De ese modo, si el apoderado solicita el desistimiento de la acción en el juicio, la Junta que conozca del asunto no está obligada a dar vista al accionante (al trabajador) a efecto de que lo ratifique…”

La Segunda Sala de la Suprema Corte agrega:

“…pues el desistimiento es un acto procesal que el apoderado puede llevar a cabo en términos de las facultades que le han sido expresamente conferidas…”

Es decir, para la autoridad el abogado tiene carta blanca para disponer de los derechos del trabajadorsin limitación alguna, y de recibir dinero como si fuera de su propiedad, sin rendir cuentas y sin que la autoridad tenga facultades de verificar.

Para que no quede evidencia de la fechoría de los abogados, estos se desisten de la demanda del trabajador, con el permiso que les de la Corte con esa afamada jurisprudencia, mientras el abogado patronal observa que se archiva el expediente y entrega el dinero por “fuera” al abogado malhechor para que no quede registro del monto entregado. Todo ello sin conocimiento del trabajador.

Esta contradicción de tesis, la 51/2017, que fue aprobada por los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas y Eduardo Medina Mora, cuya ponente fue Margarita Beatriz Luna Ramos, y que en su ausencia hizo suyo el asunto Alberto Pérez Dayán, es una vergüenza.

Con el afán de terminar los juicios a como dé lugar, las Juntas de Conciliación permiten este tipo de irregularidades, que, a decir de algunos, son obligatorias.

Se conoce de casos de trabajadores que buscan a sus abogados por todos lados, preguntando por el estado de sus juicios, sin saber que su “defensor” acordó y cobró una cantidad con el representante patronal. Ante tal atropello no tienen ninguna protección.

Las autoridades laborales, al tener prisa por cerrar los asuntos, mandan los expedientes a destrucción, sin dejar huella del asalto cometido a los trabajadores.

Se ha desnaturalizado al Derecho Laboral para acercarlo más al Derecho Civil y quitarle el carácter tutelaren favor de los trabajadores. Los señores ministros, que aprobaron tal aberración, no comprenden el grado de desigualdad, el desconocimiento de sus derechos que los trabajadores sufren, y que, generalmente se confían a ciegas en abogados pillos que, gracias a la autorización que dieron, pueden robar sin ser juzgados.

¿A qué huele la justicia laboral? A expedientes polvosos, algunos ya destruidos; al viento que corre rápidamente por los pasillos ante el cierre intempestivo de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, sin hacer ruido, debido a la omisión de la autoridad de garantizar el respeto a los derechos de los trabajadores, de verificar que sea en favor de ellos y de nadie más, y de cerciorarse de la entrega de los recursos como resultado de la terminación de los juicios laborales.

Se ha desnaturalizado al Derecho Laboral para acercarlo más al Derecho Civil y quitarle el carácter tutelaren favor de los trabajadores. Los señores ministros, que aprobaron tal aberración, no comprenden el grado de desigualdad, el desconocimiento de sus derechos que los trabajadores sufren, y que, generalmente se confían a ciegas en abogados pillos que, gracias a la autorización que dieron, pueden robar sin ser juzgados.

¿A qué huele la justicia laboral? A expedientes polvosos, algunos ya destruidos; al viento que corre rápidamente por los pasillos ante el cierre intempestivo de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, sin hacer ruido, debido a la omisión de la autoridad de garantizar el respeto a los derechos de los trabajadores, de verificar que sea en favor de ellos y de nadie más, y de cerciorarse de la entrega de los recursos como resultado de la terminación de los juicios laborales.

Con información de La Silla Rota

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