Prohibición de vapeadores, terreno fértil para el mercado negro y riesgos de criminalización, advierten legisladores
Andro Aguilar
Con la recién aprobada reforma la Ley General de Salud hubo dos principales advertencias de legisladores de oposición: la consolidación de un mercado negro que surta a los consumidores y la criminalizacion de usuarios de otros artefactos por la ambigüedad de la redacción en la reforma.
La reforma prohíbe la comercialización, producción y fabricación de vapeadores; pero permite de forma simultánea la posesión y el consumo individual.
Los cambios fueron aprobados este miércoles en el Senado, con los votos de Morena y el Partido Verde Ecologista de México, y entrará en vigor una vez que sea publicada por la presidenta Claudia Sheinbaum en el Diario Oficial de la Federación.
El senador Raymundo Bolaños, del PAN, celebra que se hayan incorporado conceptos como la telemedicina o expedientes médicos electrónicos, pero advierte riesgos.
Advierten de vacíos legales
De acuerdo con su análisis, la prohibición de actividades comerciales en torno a cigarrillos electrónicos y vapeadores crea un escenario propicio para organizaciones al margen de la ley.
El legislador califica la prohibición como “lo peor de los mundos”, ya que cederá un mercado de entre 15 mil y 20 mil millones de pesos al tráfico ilegal.
Al eliminar cualquier vía de regulación, advierte, el riesgo no es solo la pérdida de control, sino que lleguen sustancias más peligrosas a los consumidores.
“Se puede generar por vía de los vapeadores la introducción de químicos que son aún más dañinos (…) Al no pasar por una regulación, al dejar completamente este nicho de mercado al tráfico ilegal o del mercado negro, lo que va a pasar es que no tengamos idea de qué es lo que se consume en vapeadores por todas las mexicanas y mexicanos”.

Además, el senador señala que las penas impuestas por la ley, de hasta ocho años de cárcel, resultan desproporcionadas, ya que en ciertos casos pueden ser equivalentes a sentencias por homicidio con algunas atenuantes; al mismo tiempo crea un “vacío legal peligroso” para el consumidor.
El legislador destaca que a diferencia de otras sustancias, la reforma no define ningún límite de posesión personal, lo que contrasta con la regulación que existe de otras sustancias como la marihuana, donde sí se establece un gramaje específico.
“No hay un punto dentro de la reforma que te diga cuándo es sancionable y cuándo no. Y ese vacío legal es peligroso para los ciudadanos y las ciudadanas también”, afirma el legislador.
Ven riesgo para personas enfermas que usen otros medicamentos
Otra de las legisladoras que solicitó cambios a la reforma fue la priista Carolina Viggiano, quien advirtió que la redacción en el artículo 282 Ter son ambiguas y podrían generar inseguridad jurídica, afectar a pacientes médicos y criminalizar algunas conductas ajenas a los vapeadores.
Viggiano advirtió que la definición de los dispositivos prohibidos es tan amplia que genera un riesgo real de incluir aparatos que no tienen relación con el tabaco o la nicotina.
Sin una delimitación precisa sobre la finalidad de uso, señaló la legisladora, la prohibición podría abarcar artefactos para uso médico como nebulizadores, inhaladores para asma, humidificadores, difusores aromáticos y purificadores de aire. Lo que pondría en riesgo a pacientes y profesionales de la salud que traten enfermedades respiratorias.

El artículo 283 Ter —modificado en la Cámara de Diputados con la intención de no criminalizar a consumidores— señala que se entiende por cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos todo aparato о sistema mecánico, electrónico o de cualquier tecnología:
“…que se utilice para calentar, vaporizar o atomizar sustancias tóxicas líquidas, geles, sales, ceras, aerosoles secos, resinas, aceites cerosos u otra nueva formulación sintética, con o sin nicotina, susceptibles de ser inhaladas por la persona consumidora”.
La senadora pidió, sin éxito en la sesión parlamentaria, que la prohibición debe centrarse en actividades que persiguen un lucro o beneficio económico, como la comercialización, distribución y producción.
Más allá de los vapeadores
La reforma buscó alinear la Ley General de Salud con la reforma constitucional para prohibir vapeadores y controlar precursores químicos como el fentanilo, realizada a finales de 2024.
Entre otros cambios incluidos está un nuevo modelo de compras consolidadas de medicamentos que da el control pleno a la Secretaría de Salud, la regulación de la salud digital, la telemedicina y la unificación de los servicios de salud del país.
Al respecto, el senador Bolaños lamenta que los cambios en la ley contemplaron muchos más elementos que, si bien tocan partes benéficas, las dejan incompletas.
El legislador se refiere a la posibilidad del intercambio de beneficiarios entre servicios de salud del gobierno federal y la posibilidad de que las consultas sean por vía de telesalud, lo que califica como “sano”. Sin embargo, advierte un problema:
“No hay un solo peso destinado para ello. ¿Y qué ocurre con esta situación? Que las cargas van a la parte humana y que los servicios van a representar necesariamente un impacto en la calidad y un impacto en lo que se ofrece”.
Por otra parte, advierte, las compras consolidadas se siguen centralizando para robustecer la Secretaría de Salud, un método que no ha resuelto el problema de desabasto de medicinas.
“Es un modelo probado y el modelo probado es el desabasto. Las medicinas no están en los hospitales y con las compras consolidadas potenciadas con esta reforma, lo que auguramos desafortunadamente para el país es que el desabasto siga y se incremente”.
