Jubilación dinámica y Ley Estatal de Educación Superior
Álvaro Aragón Ayala
El gobierno federal desapareció los Apoyos para la Atención a Problemas Estructurales de las Universidades Públicas Estatales, la UAS no tiene Fideicomiso ProJubilación porque lo “tronó” el “cartel de jubilados”, algunos de sus integrantes investidos hoy de diputados locales o funcionarios estatales, y la Casa Rosalina tiene la obligación de pagar anualmente 2 mil 57 millones 261 mil 34 pesos netos a más de 6 mil 500 jubilados uaseños. .
Los aristocráticos “tanques pensantes” del Congreso Local que elaboran con su “masa gris” la Ley Estatal de Educación Superior no atienden ni el presente ni el futuro de las instituciones públicas de educación superior de Sinaloa en materia de derechos laborales, sindicales y humanos. Por razones de interés político personal o grupal, dejaron por fuera de la agenda legislativa las jubilaciones universitarias en la construcción de la ley de marras.
Vayamos a las preguntas: ¿Qué impacto tendría en las finanzas de la Universidad Autónoma de Occidente, la Universidad Autónoma Indígena de México y otras universidades públicas estatales, incluyendo las Normales, el Icatsin, el Conalep y el Cobaes, si de pronto, sus sindicatos y autoridades rectorales implantan sistemas de jubilaciones dinámicas en las instituciones?
¿Recibirían o no los trabajadores universitarios y de los planteles de educación media superior el apoyo del Congreso Local y de las autoridades federales y estatales para que los sindicalizados gozaran de ese beneficio de retiro? De ser positiva la respuesta: ¿De dónde se tomarían los recursos para cumplir con los compromisos de pago de las jubilaciones dinámicas?
La jubilación dinámica significa que un trabajador se jubila con el ciento por ciento del sueldo que percibe al momento del retiro. O lo que es lo mismo: sigue cobrando como si fuera trabajador en activo de la Universidad. Es una “doble jubilación” dado que las instituciones públicas de educación superior llamadas federales y estatales son sujetas al régimen de pensiones y jubilaciones del IMSS o del ISSSTE.
LA IZQUIERDA Y EL INVENTO
Antes del rectorado de Héctor Melesio Cuén Ojeda (2005-2009), antes de la gestión universitaria de Rubén Rocha Moya (1993-1997) antes de la administración de Audómar Ahumada Quintero (1985- 1989), en fin, mucho antes, bajo la férula de la izquierda radical el sindicato de la UAS y un rector, cuya imagen se desvanece, acordaron crear la figura de la jubilación dinámica para garantizar -se argumentó- un retiro digno de los trabajadores.
Los universitarios de aquella época, afines al Partido Comunista, centraban la exigencia de una pensión decorosa sostenida con recursos propios, de la UAS, ante los vaivenes en los esquemas de seguridad social y laboral que apenas asomaban el rostro en México y que no incluían a las universidades públicas, estatales y federales. Con punto de referencia: El IMSS se creó en el año de 1943 y el ISSSTE en 1959.
En aquella etapa en que dominaba el alegato sobre “la enfermedad infantil del ‘izquierdismo’ en el comunismo”, se incluyó en el Contrato Colectivo de Trabajo de la UAS la figura de la jubilación dinámica: el pago íntegro, completo, para los trabajadores académicos, administrativos y de intendencia en retiro. Las autoridades de la Secretaría de Educación Pública y las de la Secretaría de Hacienda no fueron enterados de la “negociación” sindicato-patrón que le dio forma a ese modelo de jubilaciones.
Incorporados los trabajadores de la UAS al régimen de pensiones y jubilaciones del IMSS, el pago de las jubilaciones dinámicas no fue cancelado, sino que fue tomado como una “pensión adicional” o una “doble pensión”, sin contar con la autorización de las autoridades de SEP y de la SHyCP que planteaban que para gozar de la pensión-jubilación del IMSS los universitarios pagan cuotas, cotizan, mientras que para recibir las jubilaciones dinámicas no aportan ni un centavo.
LA CARGA DE LAS JUBILACIONES
Las jubilaciones dinámicas generaron un problema estructural en la UAS dado que el gobierno federal no reconoce las jubilaciones dinámicas y no incluye en el presupuesto de la universidad recursos para el pago de este beneficio de retiro. En el 2020, el entonces rector Jorge Guevara Reynaga, miembro de una comisión de la ANUIES, trabajó en un estudio sobre los efectos financieros de las jubilaciones en el 78 por ciento de las instituciones del país.
Aquel grupo de dirigentes de universidades coordinados con la SEP y la SHyCP llegaron a la conclusión que la mejor forma mantener vigente el pago de las jubilaciones dinámicas, sin afectar derechos laborales, radicaba en la creación de fondos multipartes, donde contribuyeran trabajadores, universidades y gobiernos estatales y federal.
La SEP y la SHyCP ya amenazaban con cancelar el programa de Apoyos para la Atención a Problemas Estructurales de las UPES, cuyos recursos permitían a la UAS y a otras instituciones de educación superior del país, abatir, en parte, los pasivos contingentes derivados del pago de pensiones y jubilaciones.
Fue en las postrimerías del 2007 cuando el SUNTUAS y la UAS buscaron una salida al problema con la creación de un Fideicomiso Pro-Jubilaciones Dinámicas, integrado por aportaciones de la Universidad y los trabajadores, esquema que comenzó terminar con la zozobra que cada fin de año generaba (y aún genera) el pago de las jubilaciones que impacta en la liquidación de los aguinaldos y las vacaciones de los trabajadores en activo.
Sin embargo, el Fideicomiso, que nunca recibió recursos del gobierno estatal y la federación, “tronó” por la presión que ejerció un grupo llamado el “cartel de jubilados” en el que se movían, como cabezas, la perredista -hoy morenista- María Teresa Guerra Ochoa y Marco Antonio Medrano Palazuelos, y en las sombras el ex dirigente del PRD estatal -hoy morenista- Feliciano Castro Meléndrez.
El “cartel de jubilados” llamó a la agitación, a la no aportación de cuotas de los trabajadores, y tocó las puertas de los tribunales por considerar “ilegal” el descuento de las aportaciones pro-Fideicomiso de los empleados en activo y jubilados. Los “levantados” creyeron ver la coyuntura para desestabilizar a la UAS y buscar el control político de la Casa Rosalina. Lo único que lograron fue “reventar” el Fideicomiso ProJubilación y dañar económicamente a la institución.
“SOVACÓN” ECONÓMICO EN LA UAS
El gobierno federal ya desapareció el programa de Apoyos para la Atención a Problemas Estructurales de las Universidades Públicas Estatales, la UAS no tiene Fideicomiso ProJubilación porque lo “tronó” el “cartel de jubilados”, algunos de ellos investidos hoy de diputados locales o funcionarios estatales, y la Casa Rosalina tiene la obligación de pagar netos, anualmente, 2 mil 57 millones 261 mil 34 pesos más de 6 mil 500 jubilados uaseños.
¿De dónde saca o sacará más de 2 mil 57 millones de pesos la UAS para pagar al ejército de jubilados que, aparte reciben otra jubilación-pensión del IMSS? La Universidad realizó una reingeniería financiera a fondo, ajustó sus gastos o inversiones a la Ley de Disciplina Financiera, atendió los requerimientos de la SEP y la SHyCP, pero aun así la cantidad que tiene que cubrir anualmente a los jubilados “devora” el presupuesto universitario.
En la lista de jubilados sobresalen figuras públicas, políticas, uaseños con lujosos despachos privados, universitarios convertidos en prósperos empresarios, transportistas o agricultores, etc., con percepciones que suman anualmente los 400, 600 o los 800 mil pesos y que a veces frisa el millón de pesos. A la UAS y a sus beneficiados, no le ha faltado serenidad para discutir el problema en todas sus aristas, pero siempre el debate topa con intereses externos, con quienes desean desestabilizar a la Casa Rosalina y que nada les embona y todo satanizan.
Por razones del destino-ley, parte del problema de la jubilación dinámica está en la cancha del Congreso Local, ahí, con Feliciano Castro Meléndrez, jubilado uaseño; no se trata de desaparecerla, pero si establecer un articulado para que se garantice a la UAS una bolsa económica suficiente para cubrir el pago de este beneficio de retiro y que se impida que este modelo jubilatorio se implemente en otras universidades públicas incorporadas a los regímenes del IMSS o del ISSSTE.
La Ley Estatal de Educación Superior está en su base de elaboración: obviamente deberá garantizar la gratuidad y la universalidad de la educación, endosar recursos para la investigación, la ciencia y la cultura y para incentivar a los trabajadores en activo; en el caso de la UAS, la ley en formación no consigna recursos para el pago de las jubilaciones dinámicas, de las cuales, paradójicamente gozan algunos diputados locales.