Las jubilaciones dinámicas universitarias son “bombas de tiempo”

Álvaro Aragón Ayala
El gobierno de Claudia Sheinbaum Pardo llamó a las Universidades Públicas Estatales a “ordenar” o “reordenar sus finanzas” y a evitar pagos de prestaciones a sus trabajadores más allá de las que contempla la Ley Federal del Trabajo, y planteó la necesidad de “poner un límite” al pago de las jubilaciones dinámicas y evitar el otorgamiento de “primas vacacionales” a quienes no sean trabajadores en activo.
El debate sobre el “rescate” de once Universidades que atraviesan por una aguda crisis financiera no es nuevo. El gobierno de la Cuarta Transformación determinó no estar en condiciones de apoyar a las instituciones que no realicen restructuraciones a estructura presupuestaria. La Auditoría Superior de la Federación y los Comités Interinstitucionales para la Evaluación de la Educación Superior califican a las jubilaciones dinámicas como “bombas de tiempo”.
Las universidades al filo de la quiebra son: la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS) la Universidad Autónoma de Guerrero (UAG), la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEM), la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ), Universidad Autónoma de Chiapas (UNACH), Universidad Autónoma de Nayarit (UAN), la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH), la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM), Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca (UABJO) y la Universidad Veracruzana (UV) a las cuales se les suma la Universidad Autónoma de Baja California (UABC).
Los “regímenes” pensionarios de las Universidades al borde de la bancarrota no son apoyados financieramente por el gobierno federal que considera que los jubilados reciben un doble beneficio de retiro, uno directamente de los gastos corrientes de los subsidios destinados a la educación de las instituciones de educación superior, y otro del Instituto Mexicano del Seguro Social o del Instituto de Seguridad y Servicio Social de los Trabajadores del Estado.
Debido a que algunas Universidades no están dispuestas a “cambiar” sus sistemas de pensiones y jubilaciones que “desfondan” los presupuestos, la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público valora encauzar litigios con las instituciones para que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación quien determine la inconstitucionalidad de las jubilaciones dinámicas. De antemano, para el gobierno, los pagos permanentes de los “retiros laborales” son extralegales y carecen de sustento económico-financiero, además de que fueron creados al margen de quienes suministran los presupuestos a las casas de estudio.
Para Carlos Payán Figueroa, exsecretario General Ejecutivo de la Asociación Nacional de Universidades e Institucionales de Educación Superior (ANUIES) las jubilaciones que conducen a la quiebra a las Universidades Públicas Estatales tienen su origen “en los movimientos de trabajadores universitarios (a partir de la segunda mitad de los años setenta) y la normatividad que se desprende de las reforma al artículo 3º constitucional de 1980, así como al artículo 123 constitucional y su reflejo en la Ley Federal del Trabajo (al crear un capítulo sobre “trabajo universitario”).
Señala que “a partir de esos elementos -y durante, por lo menos hasta finales de los años noventa- ‘la compra de la paz’ en las Universidades, ante el amago de una huelga de trabajadores académicos y administrativos, fue la de otorgar prestaciones conectadas con la eventual y futura demanda de jubilación por los trabajadores individualmente considerados”.
“Este tipo de acuerdos entre autoridades universitarias y dirigencias laborales sirvieron para resolver, en su momento, el conflicto que se tenía encima con motivo de las revisiones salariales o contractuales. Sin embargo, con ello se incubaron “bombas de tiempo” que empezaron a estallar en los años noventa en varias instituciones”, precisa.
Los problemas más graves se gestaron “en las universidades que no hicieron las previsiones actuariales correspondientes y tampoco constituyeron los fondos de respaldo adecuados. Así, las ‘formas de resolver’ los problemas de financiamiento consistieron en dirigir la cuestión hacia las autoridades federales o locales (solución que sólo ha funcionado en algunos momentos y en virtud de circunstancias de orden político coyuntural)”, explica.
El padrón más frecuente localizado en las universidades al filo de la quiebra, de acuerdo a Carlos Payan, es el otorgamiento de las pensiones o las jubilaciones dinámicas “considerándolas dentro del gasto corriente de la institución, utilizando la ficción relativa a que el trabajador ya jubilado en términos reales siga integrado a las nóminas de las instituciones como si fuese personal académico o administrativo en funciones o en activo”.
El exsecretario General Ejecutivo de la ANUIES, estimó que “el problema tiene ya dimensiones colosales en materia de financiamiento. Según estimaciones de la Auditoría Superior de la Federación, de 2017, los llamados pasivos laborales contingentes rondaban ya una cantidad de 1.3 billones”.