Los casos sensibles e injustos ante negativas de información. Sin el INAI, ¿qué pasará?
Julieta del Río
La semana pasada, en el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) resolví un caso sensible que demuestra una vez más por qué el INAI ayuda en temas sociales. Una persona solicitó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) copia simple de la localización, identificación y reconocimiento de 478 semanas cotizadas, pues en su historial no le eran reconocidas.
Esta persona señaló que en su constancia de semanas cotizadas no aparece registrado ese periodo, por lo cual los datos están incompletos e inexactos. De igual manera, añade el nombre de las dos instituciones bancarias en las que laboró de 1978 a 1988.
Cuando el IMSS dio respuesta se argumentó que no le fue posible localizar la información requerida. Así, de forma simple, esta persona vería tirados nueve años de vida de trabajo. Sin embargo, ella sabía de la existencia del INAI y de manera inmediata, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, interpuso una queja contra esta situación para que se analizara la injusticia que se estaba cometiendo por parte del IMSS.
Ahí mencionó que contaba con documentos emitidos por el Infonavit —obtenidos gracias a una solicitud de información previa— que daban constancia de que sí cotizó durante el periodo en instituciones bancarias. Después de analizar el asunto con las y los abogados de mi Ponencia, determiné que el IMSS no realizó una búsqueda exhaustiva de los datos personales requeridos. En consecuencia, expuse el caso en sesión de pleno solicitando a mis tres colegas comisionados sumarse en la decisión para que le fuera entregada esta información crucial en su vida a esta persona.
De acuerdo con la Ley de Pensiones vigente, para que un trabajador o trabajadora pueda obtener una pensión garantizada es necesario cumplir con el requisito mínimo de edad que es de 60 años. También la persona debe contar con un mínimo de 775 semanas cotizadas (bajo la Ley de 1997). Por esta razón, ante este último requisito, el reconocimiento de 478 semanas cotizadas es fundamental para que su titular pueda acceder a una pensión, pues esta cifra representa más del 50% del total requerido.
Acorde a un informe de la organización México ¿cómo vamos?, tener acceso a una pensión se acerca más a un lujo al que pocas personas tienen acceso, que a un derecho. En el caso particular del IMSS se destina el 70% de los fondos destinados a pensiones para el 30% de la población con mayores ingresos. Mientras que la mitad de la población con los ingresos más bajos sólo recibe poco más del 10% de estos recursos. Así, podemos ver lo importante que resulta tener certidumbre sobre cada requisito y cada semana trabajada para no perder un derecho a los que muy pocos acceden en nuestro país.
Como lo hemos explicado en nuestra campaña contra la desinformación, el INAI no almacena información, sino que las personas la solicitan a las autoridades. Es cuando estas dependencias no responden que el INAI interviene e instruye a garantizar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación, Oposición y Portabilidad (ARCOP) sobre sus datos personales cuando a las personas les asiste la ley. Los organismos de transparencia somos árbitros entre sociedad y autoridades; como árbitros, actuamos con imparcialidad apegados a derecho.
De esta manera, el acceso a nuestros datos personales es un mecanismo esencial para garantizar la justicia y la equidad en un sistema que, por su naturaleza, afecta directamente la calidad de vida de millones de personas. Al final del día, tener control sobre nuestra información es tener control sobre nuestro destino.