El “candado” de Rubén Rocha a su iniciativa de Revocación de Mandato

Álvaro Aragón Ayala

La iniciativa de revocación de mandato de Rubén Rocha Moya, a un tris de ser aprobada por los diputados locales de Morena, se ajusta a la mecánica de un proceso super controlado y lleva como “candado” el 10 por ciento, en vez del 3, como requisitos de firmas de ciudadanos –un promedio de 240 mil- para poder aprobar el procedimiento para destituir del cargo al gobernador.

La ley federal establece que la revocación de mandato es el instrumento de participación ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del presidente de la República a partir de la pérdida de la confianza. Así, ni la ley Federal de Revocación de Mandato ni el proyecto legislativo de Rocha Moya incluyen como motivos para la separación del cargo los negocios familiares ni el nepotismo.

A como lo plantea la Constitución Política del Estado de Sinaloa y la iniciativa de revocación de mandato diseñada por el secretario general de Gobierno, Enrique Inzunza Cázarez, al gusto del Ejecutivo Estatal, la dinámica del proceso quedaría bajo la férula del Congreso Local, el gobernador, el Consejo Estatal Electoral y el Tribunal Estatal Electoral, órganos controlados por Rubén Rocha.

La Ley Federal de Revocación de Mandato plantea que el inicio del proceso para la anulación del cargo de presidente de la República deberá contar con la petición de al menos el tres por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos diecisiete entidades federativas y que representen, como mínimo, el tres por ciento de la lista nominal de electores de cada una de ellas.

La “Ley Rocha de Revocación de Mandato” puntualiza que sólo procederá la solicitud de revocación del gobernador a petición de las personas ciudadanas en un número equivalente al menos al 10 por ciento -no el 3 como lo establece la ley federal-, inscritas en la lista nominal de electores de Sinaloa, siempre y cuando la petición corresponda a cuando menos once municipios.

Sinaloa cuenta con un padrón electoral de 2 millones 493 mil 852 ciudadanos. Para que proceda el “recurso del 10 por ciento”, es necesario que 240 mil personas con credencial de elector, distribuidos mínimamente en 11 municipios del estado, firmen su descontento con el titular del Poder Ejecutivo para que el Instituto Estatal Electoral, controlado por Rocha Moya active la petición de revocación.

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