AMLO insiste en despojar a la Guardia Nacional de su máscara civil
Patricia Dávila
Después de que el pasado mes de abril los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) frustraran una de las grandes apuestas legislativas del presidente Andrés Manuel López Obrador, al resolver que la Guardia Nacional debe estar bajo el mando civil de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) y no de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), el mandatario bajó la guardia y acatará –de momento– la resolución del máximo órgano colegiado.
Aunque la Guardia Nacional pase a la SSPC, López Obrador no ha dejado de mencionar que en 2024 presentará una nueva iniciativa de reforma para que el Ejército tenga el control operativo y administrativo de la corporación.
Ha señalado que espera presentar la nueva iniciativa en su último informe de gobierno del 1 de septiembre de 2024 y que confía en contar con la mayoría calificada en el Congreso para modificar la Constitución y “blindar” a la Guardia Nacional.
Incluso, explicó que espera hasta el próximo año para que los nuevos legisladores puedan ser elegidos y así tener una mayoría calificada para la aprobación de la iniciativa.
La Corte declaró inconstitucional el decreto que transfería el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional, argumentando que la corporación había surgido con un carácter civil.
La maniobra del mandatario se da en medio de un relativo fracaso, al desmantelar a la extinta Policía Federal y no lograr que la Guardia Nacional estuviera integrada por solo por personal civil recién reclutado, como lo reiteró desde el inicio de su mandato. Al contrario, cuando aseguró que acudirían cientos de jóvenes mexicanos a solicitar su alta en la corporación, solo acudieron algunas decenas. Eso lo obligó a integrarla, según datos oficiales, en un 97% con personal del Ejército y de la Secretaría de Marina.
Sin embargo, el gran pendiente, es el Ejército en las calles.
La necesaria regulación
El 5 de octubre de 2022, la Cámara de Diputados aprobó la minuta proveniente del Senado que propuso extender hasta 2028 el uso de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública.
Previamente, el 14 de septiembre, los diputados aprobaron una reforma al artículo 5º transitorio del decreto constitucional de 2019 que creó la Guardia Nacional, para avalar esa prórroga.
Al resolver la acción de inconstitucionalidad 137/2022, promovida por senadores de oposición, el pleno del máximo tribunal invalidó la parte nodal de las reformas legales que permitían integrar la Guardia Nacional a las fuerzas armadas.
Cuando discutieron los efectos de esta decisión, el ministro ponente Juan Luis González Alcántara Carrancá propuso que el fallo tuviera aplicación desde el 1 de diciembre de 2023, sin embargo, durante el análisis se hizo notar que el traslado de las responsabilidades de la Guardia Nacional de una secretaría a otra implicaría previsiones financieras que sólo serían posibles en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) de 2024.
Por ello, consideró que, al fijar el plazo para enero, las dependencias involucradas contarán con el tiempo necesario para realizar gradualmente el reajuste en el control administrativo, presupuestal y operativo de la Guardia Nacional, ya que, de acuerdo al artículo 21 constitucional, corresponde a la SSPC.
Así, en el PEF 2024 se contempló un presupuesto de 37 mil 810 millones 495 mil 53 pesos etiquetados a la SSPC, destinados a la operación de la Guardia Nacional para la prevención, investigación y persecución de delitos.
La decisión de los ministros se fundó en el artículo 21 de la Constitución, en el que se define a la Guardia Nacional como una institución de seguridad pública de carácter civil. Sin reformar este precepto constitucional no era posible ponerla bajo el control administrativo, operativo y jerárquico de la Sedena.
Sin embargo, la reforma no alcanza para garantizar que el mando que esté al frente de la corporación emane de la sociedad civil:
El 16 de enero de 2023, López Obrador anunció que el general David Córdova Campos sustituía al general Luis Rodríguez Bucio como comandante de la Guardia Nacional y nombro a éste subsecretario de Seguridad Pública de la SSPC.
En el discurso que dio en junio de 2023, en el marco del cuarto aniversario de creación de la Guardia Nacional, Córdova Campos señaló que ya superaba los 128 mil elementos entre soldados y marinos, lo que representa el 79.5% de los 161 mil efectivos proyectados para el cierre de 2024.
De igual manera, la fuerza operativa desplegada es de 113 mil 409 elementos, es decir, 44% del “esfuerzo nacional”. Por ello, dijo, el país cuenta hoy con un cuerpo de seguridad cuyos efectivos operativos desplegados en todo el territorio nacional superan a la fuerza armada permanente,.
Por lo que se refiere a la infraestructura, la Sedena asignó 100 instalaciones en lugares estratégicos del país a las unidades de nivel compañía de la Guardia Nacional. Además, con el apoyo de los ingenieros militares, se han construido en su totalidad 295 instalaciones, 124 están en proceso de construcción y 138 en fase de proyecto, lo que permitirá que al finalizar 2023 se cuente con 557 edificaciones aunadas a los 100 espacios ya mencionados.
Incluso se comparó con los 32 países que cuentan con una Guardia Nacional o corporación equivalente, de los cuales 16 tienen un modelo de organización militar, entre los que sobresalen la Gendarmería Francesa, los Carabineros de Italia, la Guardia Civil Española y la Policía de Colombia, que enfrentan activamente a las organizaciones criminales en sus países.
Sin embargo, las obligaciones de la Guardia Nacional que no fueron modificadas incluyen la obligación de las fuerzas armadas de presentar un informe semestral al Senado sobre su participación en las tareas de seguridad pública.
El artículo 5 transitorio reformado establece que mientras la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, podrá usarse la fuerza armada en tareas de seguridad por cinco años. Ese artículo se aprobó en 2019, así que el plazo vencía en marzo de 2024.
Pero a propuesta de Yolanda de la Torre, exsenadora del PRI y actual presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Durango, se avaló la ampliación a nueve años, es decir, hasta 2028.
Ante la inconformidad de los legisladores de los partidos de la oposición y la necesidad de sus votos, el Senado incluyó medidas que buscan garantizar que sí haya acciones tendentes a desmilitarizar la seguridad pública, como informes, reportes con indicadores, comparecencias de funcionarios, emisión de recomendaciones y presupuesto.
Además se estableció que cuando el Poder Judicial resuelva amparos, acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales hoy congelados y que impugnan acciones militaristas, éstos se resuelvan sin tomar en cuenta esta reforma que en los hechos avala a nivel constitucional la militarización.
Sin embargo, la aprobación está condicionada a que el mandatario informe al Congreso cada seis meses cómo ha ejercido la facultad de usar a las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad, qué está haciendo para el tránsito de una Guardia Nacional civil, y qué se hace para que el Ejército regrese a sus cuarteles en 2028.
De acuerdo con el documento normativo, debe incluir “indicadores cuantificables y verificables que permitan evaluar los resultados obtenidos en el periodo reportado en materia de seguridad pública, y corroborar el respeto a los derechos humanos”.
Para analizar y dictaminar esos informes se deberá de integrar una comisión bicameral de diputados y senadores, que podrá convocar a los titulares de la secretaría de Gobernación, la SSPC, la Sedena y la Secretaría de Marina (Semar).
Ese dictamen debe cumplir requisitos como el evaluar el cumplimiento de cinco condiciones que la Constitución ya enuncia que deben hacerse cuando las Fuerzas Armadas participen en labores de seguridad.
Las condiciones: la participación de las Fuerzas Armadas deberá tener carácter de extraordinario, es decir que se acredite “la absoluta necesidad, que sea temporal y solicitada de forma expresa y justificada por la autoridad civil”, y regulada, pues debe cumplir la Constitución, las leyes y tratados internacionales.
Deberá ser fiscalizada, a través de una constante supervisión, y de forma subordinada y complementaria, o sea en auxilio a cuerpos policiales civiles. El dictamen que elabore la comisión bicameral deberá señalar las entidades federativas donde ya no se requiera la presencia permanente de las Fuerzas Armadas.
También tendrá que contener “las recomendaciones” para cumplir con el plazo de retiro de las Fuerzas Armadas, que será marzo de 2028.
Los plenos de ambas cámaras deberán analizar y aprobar esos dictámenes y remitirlos al Ejecutivo. Este “deberá informar de la atención que brindó a las recomendaciones emitidas”.
Adicionalmente, dado que el Senado tiene la facultad exclusiva para aprobar la estrategia nacional de seguridad pública, se estipula que cuando revise el informe anual que el Ejecutivo le remita sobre la Guardia Nacional, la evaluación de éste debe enfocarse en la desmilitarización de las labores de seguridad.
Esa revisión debe tender a “garantizar que a la conclusión del plazo (marzo de 2028) la Fuerza Armada permanente concluya su participación en labores de seguridad pública, y la Guardia Nacional y las demás instituciones de seguridad pública asuman a plenitud las facultades” de seguridad.
En las modificaciones se incluyó la corresponsabilidad de los gobernadores, quienes deberán enviar cada año a sus congresos y al Consejo Nacional de Seguridad Pública “la evaluación integral, en una perspectiva de seis años”, de la situación de sus entidades y estas evaluaciones “serán la base para los ajustes y calendario de ejecución”.
También se incluyó la obligación de dotar de presupuesto el plan de fortalecimiento de policías estatales y municipales que se despareció en la administración de López Obrador: “A partir del ejercicio fiscal 2023” se creará un fondo permanente de apoyo a las entidades federativas y municipios destinados a seguridad pública.
Dicho fondo será independiente de cualquier otro ramo o programa, y sobre su monto se plasmó que “no podrá ser inferior en términos porcentuales al incremento que reciba la Fuerza Armada permanente y la Guardia Nacional para tareas de seguridad pública cada año”.
Cifras negativas
De enero de 2019 a marzo de 2023, la Sedena, la Semar y la Guardia Nacional acumularon cuatro mil 12 quejas ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). En el mismo periodo, ese organismo autónomo emitió 14 recomendaciones a Guardia Nacional por violación a los derechos humanos de 730 personas. Es decir que cada dos días una persona fue violentada por algún elemento de la corporación.
Por donde se vea, las cifras desfavorecen a la Guardia Nacional. En 2022 la corporación reportó haber liberado solo a 29 víctimas de secuestro, cuando la cantidad anual de víctimas por este delito fue de 724. Informó también que realizó 796 acciones especializadas de localización e identificación de personas, mientras que en ese año se reportaron 9,151 personas desaparecidas y no localizadas, de acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
En julio de 2021, mediante un Acuerdo del Consejo Nacional de Seguridad Pública, se fijó que el plazo para certificar a todos los elementos de la Guardia Nacional tendría como fecha límite el 31 de mayo de 2024. Para conocer avances en este requisito, el Observatorio Ciudadano de la Guardia Nacional, elaborado por María Elena Morera, envió una solicitud de información a la corporación preguntando a cuántos elementos se había certificado desde su creación.
La respuesta recibida fue que, de 2019 al 17 de abril de2023, se había otorgado el Certificado Único Policial (CUP) a 62 mil 629 integrantes de la Guardia Nacional, de los cuales siete mil 447 se encontraban en proceso de evaluación. Es decir, a cuatro años del inicio de operaciones, el 49% de los elementos de la GN contaba con el CUP, mientras que el resto opera de forma irregular por no contar con sus acreditaciones completas, lo cual podría tener impacto no solo en su actuación en general, sino también en la validez de su labor como primer respondiente en los delitos.