“Pensiones doradas”: jubilados de CFE y Pemex logran pagos de hasta 134 mil pesos
La CFE informó a sus trabajadores que debido a las contradicciones en la reforma se pagarán pensiones con el monto máximo idéntico al de la presidenta de la República, a partir de julio
Jorge Cisneros
La reforma impulsada por el gobierno de la República y aprobada con votos de todos los partidos en el Senado y la Cámara de Diputados señala los servidores públicos en funciones pueden ganar hasta el equivalente al 100 por ciento de la remuneración de quien ocupe la presidencia, pero acota que los jubilados o pensionados sólo pueden recibir el 50 por ciento de esa misma cantidad.
Según el documento, esta diferencia genera una “contradicción normativa”, ya que las pensiones y jubilaciones no son una relación jurídica independiente del servicio público desempeñado.
“La pensión o jubilación que percibe una persona servidora pública en retiro no constituye una relación jurídica autónoma o desvinculada del servicio público previamente prestado”, señala el oficio.
Criterios que se excluyen
Bajo esa interpretación, la Consejería argumenta que el monto de una pensión debe mantener una vinculación directa con la remuneración que la persona tenía derecho a percibir durante su vida laboral, pues ambos conceptos derivan de la misma relación de servicio.
El análisis advierte que la Constitución utiliza “dos criterios mutuamente excluyentes” para establecer límites máximos a percepciones originadas en una misma fuente jurídica: mientras la fracción II toma como referencia la totalidad de la remuneración presidencial, la fracción IV emplea únicamente la mitad de esa cantidad.
El área que encabeza Luisa María Alcalde, expresidenta de Morena, considera que ambas disposiciones no pueden aplicarse simultáneamente sin generar inconsistencias, debido a que las jubilaciones suelen calcularse a partir de los salarios obtenidos durante la etapa laboral activa.
Bajo esa lógica, una persona que durante su carrera profesional alcanzó el límite máximo de remuneración para servidores públicos sufriría una reducción significativa de ingresos para su retiro una vez concluida su vida laboral, sin que la referencia establecida en la Constitución se redujera, sino únicamente el porcentaje aplicable.
Por ello, la Consejería jurídica concluye que, al existir una contradicción entre normas constitucionales debe privilegiarse una interpretación que privilegie derechos y preserve la coherencia del texto constitucional y otorgue el mayor beneficio posible a la persona jubilada o pensionada.
Petroleros y extrabajadores de CFE cantan victoria
Trabajadores jubilados de empresas como Pemex y CFE han recibido avisos de que la reforma que redujo dramáticamente sus pensiones se puso en una especie de pausa de hecho, ya que les avisaron la restitución de pagos de hasta 130 mil pesos, sin que la reforma se haya desechado.
“Petróleos Mexicanos se comprometió a modificar lo que ellos calculan como monto máximo de las pensiones jubilatorias, de $67,145.00 a $134,290.00 pesos como pensión jubilatoria máxima mensual, asimismo, regresar a la periodicidad de pagos catorcenales y reembolsar los descuentos ya realizados”, informó en un boletín la Unión Nacional de Técnicos y Profesionistas Petroleros Sección 11, con sede en Ciudad Madero, Tamaulipas.
Los compromisos asumidos por Pemex aún no se cumplen señala el documento y se aplicarán en la primera quincena de julio del presente.
“Este paso atrás de PEMEX no es un regalo, ni una dádiva, es producto de la lucha política y jurídica de la UNTYPP, jubilados y movimientos sociales. Llevamos meses luchando sin tregua en las calles, los centros de trabajo y los tribunales”.
La CFE hizo una comunicación en el mismo sentido el 10 de junio.
“En relación con la reforma constitucional al artículo 127 en su fracción IV, la Consejería Jurídica ha establecido criterio interpretativo que permite considerar el importe equivalente a la remuneración mensual de la persona titular del Ejecutivo Federal, como límite a las pensiones del personal jubilado de confianza de las empresas públicas del estado. Por lo cual, aquellas pensiones que excedan dicho límite serán ajustadas al importe equivalente a la remuneración mensual de la persona titular del Ejecutivo Federal”.
