ONU va contra prisión preventiva oficiosa en México

Montserrat Maldonado

Para la ONU, la prisión preventiva oficiosa en el país es una medida desproporcionada que viola derechos como el acceso a la justicia, la igualdad ante la ley y la dignidad de las personas privadas de su libertad. Por eso su postura es que esta medida no debería existir en México.

El pasado 5 de marzo, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) concluyó que el Estado mexicano violó los derechos de 22 mujeres sujetas a prisión preventiva prolongada en el Centro Federal de Reinserción Social (Cefereso) 16 ubicado en el estado de Morelos.

La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar en México que ordena el encarcelamiento automático de una persona investigada por ciertos delitos sin necesidad de un debate ni justificación por parte del juez. De acuerdo con la FGR, se aplica por mandato constitucional (Art. 19) al vincular a proceso por delitos como homicidio, secuestro, violación o delincuencia organizada y no debe exceder de dos años, límite máximo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

En el dictamen, el órgano internacional señaló que las autoridades mexicanas incumplieron diversas obligaciones establecidas en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer al mantener a estas mujeres durante largos periodos, es decir, desde 10 hasta 14 años, bajo prisión preventiva sin justificación suficiente y sin aplicar una perspectiva de género al evaluar su situación.

“La prisión preventiva prolongada sin un análisis individualizado, lejos de sus hijos y sin acceso a servicios básicos de salud mental o ginecología, es una forma de violencia”, sostiene la ONU.

El señalamiento de la ONU se suma a una serie de denuncias sobre las condiciones del Cefereso 16 en Morelos, considerado por activistas y organizaciones como uno de los penales con mayores irregularidades en el país.

Desde 2016, en ese centro penitenciario, el único penal federal femenil del país,  han muerto 27 mujeres bajo custodia, mientras que las autoridades solo han reconocido 20 casos, todos catalogados como suicidios, de acuerdo con un registro elaborado por Viridiana Molina, exinterna del penal que actualmente acompaña a mujeres privadas de la libertad en la búsqueda de justicia.

En entrevista con El Sol de México, Gerardo Augusto Manrique López, abogado del Instituto Federal de Defensoría Pública, órgano que acompañó la denuncia, explica que con la prisión preventiva prolongada se vulneran diversos derechos, entre ellos la presunción de inocencia y el debido proceso.

“Cuando una prisión preventiva tiene una duración poco razonable ya no se les está tratando como inocentes, sino como culpables e incluso los estándares internacionales dicen que esto ya constituye una pena anticipada, además se afecta el debido proceso, ya que la prisión preventiva por sí misma dificulta el acceso a la defensa y el poder plantear pruebas de manera más eficiente para las personas acusadas”, detalló. 

En México existen dos tipos de prisión preventiva dentro del sistema de justicia penal: la oficiosa que es automática y encarcela a personas acusadas de ciertos delitos sin necesidad de un debate mientras que la justificada es una medida excepcional dictada por un juez a solicitud del Ministerio Público y no es automática sino que se impone cuando otras medidas son insuficientes para garantizar la presencia del imputado, la seguridad de víctimas/testigos o el proceso, demostrando riesgos de fuga, obstaculización o peligrosidad.

Cárceles estatales tienen sobrepoblación de más de 37 mil presos
Penal de Jojutla en el estado de Morelos / Foto: Angelina Albarrán/El Sol de Cuernavaca

Ambas son medidas cautelares aplicadas durante el proceso de investigación antes de que haya una sentencia.

“Aunque hay un límite de tiempo, el propio comité de la CEDAW hace esta propuesta de que se tiene que eliminar la prisión preventiva oficiosa ya que es automática, no se analiza el riesgo que la persona genere para la continuación del proceso, no se revisa el riesgo de fuga, sino simplemente por el tipo de delito se impone la prisión preventiva”, sostuvo el abogado.

En el dictamen, la ONU sugiere que se modifique la Constitución y las normas legislativas que previenen la prisión preventiva oficiosa para que en todo caso sea justificada.

“Lo que se pide es que las autoridades en México demuestren que existe riesgo de fuga, afectación a la investigación o a la víctima para que entonces se pueda aplicar una prisión preventiva, no oficiosa, sino justificada. No todas las personas que están siendo investigadas por un delito son culpables y no constituyen un riesgo tan elevado como para utilizar la medida más poderosa que tiene el Estado, que es la prisión”, dijo Manrique López.

Impacto desproporcionado en las mujeres

Aunque el Comité ha enfatizado que la detención preventiva debe utilizarse únicamente como último recurso y por el menor tiempo posible, también ha señalado que el carácter obligatorio de la prisión preventiva afecta de manera desproporcionada a grupos de mujeres en situación de vulnerabilidad.

La ONU sostiene que la prisión preventiva prolongada genera impactos diferenciados en las mujeres, y sus familias, en particular por la lejanía de sus lugares de origen y la ausencia de medidas que garanticen el contacto regular con sus hijas e hijos.

Además, según la Defensoría Pública, la primera afectación es la atención médica tanto general como especializada.

“El Comite señala que la falta de atención médica adecuada, específicamente ginecológica y psicológica para la población femenina, constituyen una forma de discriminación. Actualmente tenemos ocho mil 500 mujeres con prisión preventiva en el país y a todas se les debe garantizar el derecho a la salud”, señaló el abogado.

La ONU menciona que pese a ser el único centro de reclusión femenina a nivel federal, el Cefereso 16 carece de personal médico, tanto general como especialistas en ginecología, psiquiatría y pediatría, necesarios para la atención de las internas y sus hijos.

ONU Derechos Humanos
La prisión preventiva prolongada sin un análisis individualizado, lejos de sus hijos y sin acceso a servicios básicos de salud mental o ginecología, es una forma de violencia”, sostiene la ONU / Foto: Naciones Unidas

Viridiana Molina, quien pasó más de cuatro años presa como parte de su sentencia en el Cefereso 16, fundó un colectivo que ayuda a familiares de algunas internas para alcanzar su libertad y también para buscar justicia para sus hijas fallecidas. Molina informó a este diario que hay mujeres que llevan hasta 18 años sin una sentencia.

“Esto no solamente te deja ver el estado punitivo en el que estamos, sino también la facilidad con la que se violan los derechos. Si se reformara la prisión preventiva oficiosa, muchas tendrían su libertad”, explicó.

El colectivo Artículo 20, integrado por sobrevivientes y familiares, denuncia violaciones a derechos humanos dentro del Cefereso 16. En sus protestas han señalado presuntas negligencias médicas, abusos, aislamiento y muertes en custodia, buscando justicia para las internas en este penal, señalado por múltiples suicidios en los últimos años.

El colectivo busca visibilizar las más de 20 muertes reportadas en el Cefereso desde 2016 las cuales apuntan a un abuso de fármacos, falta de atención médica, aislamiento y tratos inhumanos.

Además, colaboran con organizaciones como CEA Justicia Social y Elementa DDHH para la liberación de mujeres encarceladas injustamente o en situaciones de vulnerabilidad.

En marzo de 2025 se logró la liberación de cinco mujeres que se encontraban presas en el estado de Morelos. “En CEA Justicia Social y Elementa DDHH diseñamos un mecanismo para liberar, reparar el daño y restituir los derechos de las mujeres víctimas del sistema de justicia por delitos relacionados con drogas en contextos de vulnerabilidad, coacción y/o pobreza”, mencionaron las organizaciones en un comunicado.

Share

You may also like...