INAI ordena a INM revelar el número de muertes por violencia contra migrantes en México

El Instituto Nacional de Migración (INM) deberá informar sobre el número de muertes por violencia en México contra personas migrantes, originarias de países de América Latina, el Caribe y África que hayan atravesado por el territorio nacional para llegar a Estados Unidos o hayan decidido quedarse a vivir en la república entre 2012 y 2021.

De acuerdo a una resolución del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), el INM debe detallar si las personas migrantes se encontraban en tránsito o se habían asentado en alguna localidad mexicana.

Así como desglosar la información por nacionalidad, sexo, edad y ocupación; lugar y circunstancias de la defunción e indicar si se iniciaron carpetas de investigación, así como el posible seguimiento de los familiares y el destino final de los cuerpos de las víctimas, entre otros datos.

El comisionado Francisco Javier Acuña Llamas presentó el caso ante el pleno del INAI donde advirtió que en caso de que la información sea negada, las autoridades federales estarán negando el derecho de acceso a la información establecido en la Constitución y las leyes.

“Se quiebra el Estado de Derecho y por ello, garantizar su pleno ejercicio es de interés de toda la población”, dijo Acuña Llamas.

“Tristemente en un país tan violento como es México, en el que la delincuencia organizada y la desorganizada actúan de manera infame e inmisericorde, todos los días sabemos que, en todas las latitudes de todos los estados, hay saldos de muerte, salvo algunos estados que se consideran invictos; tristemente en un país como el nuestro, con estas características, se antoja absolutamente inverosímil, falaz, que conteste el Instituto Nacional de Migración que no tiene información al respecto”, reprochó el comisionado.

El ciudadano que solicitó la información al INM y le fue negada, decidió presentar un recurso de revisión ante el INAI para manifestar su inconformidad por la nula respuesta de la dependencia del gobierno federal que declaró “inexistente” los datos solicitados.

En el análisis del caso, la ponencia del Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas advirtió que el sujeto obligado (INM), turnó la solicitud de acceso a la Dirección General de Regulación y Archivo Migratorio, la Dirección General de Coordinación de Oficinas de Representación y la Dirección General de Protección al Migrante y Vinculación, así como, a la Dirección General de Control y Verificación Migratoria.

No obstante, las unidades administrativas no cuentan con atribuciones para conocer de la información requerida y existen otras áreas para atender la solicitud, como la Oficina del Sub Comisionado Jurídico y las Oficinas de Representación en los estados de la República, sostuvo el comisionado del INAI.

Con información de Proceso

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